Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0384/2007

Tribunal Supremo de Justicia
9 de abril de 2007Penal I
Proceso
Sala
Penal I
Año
2007

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: No. 384 Sucre 9 de abril de 2007

DISTRITO: Santa Cruz

PARTES : Ministerio Público c/ José Agustín Ugarte Orellana.

Tráfico de sustancias controladas y otro.

MINISTRO RELATOR: Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer.

Sucre, 9 de abril de 2007.

VISTOS: El recurso de casación de fojas 391 a 394 y adhesión de fojas 395 a 397 interpuestos por Sonia Velasco García y Lidia Cori Janco, respectivamente, contra el Auto de Vista de fojas 388 a 390, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Respetable Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz en el juicio penal que les sigue el Ministerio Público por el delito de tráfico de sustancias controladas, y además contra José Agustín Ugarte Orellana, por complicidad en el delito, los antecedentes, el requerimiento fiscal de fojas 401 a 402, y

CONSIDERANDO: Que, cumplido con el trámite señalado por el Art. 224 del Código de Procedimiento Penal antiguo y previo el requerimiento en conclusiones de fojas 356 a 358 y vlta., el Tribunal 3º de Partido en lo Penal de Sustancias Controladas de Santa Cruz, pronuncia la sentencia que cursa de fojas 361 a 369, por la que declara a Sonia Velasco García y Lidia Cori Janco, autoras del delito de tráfico de sustancias controladas, previsto en la sanción del Art. 48 de la Ley Nº 1008, condenándoles a la pena privativa de libertad de diez años de presidio a cada una, a cumplir en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz (Cárcel de Palmasola), más al pago de quinientos días mula a razón de cinco bolivianos por día y al pago de costas procesales que se regularán en ejecución de sentencia; también declara a José Agustin Ugarte Orellana, autor del delito de complicidad en el tráfico de sustancias controladas, previsto y sancionado en el Art. 76 con relación al Art. 48 de la Ley Nº 1008, aplicándole la pena de seis años y seis meses de presidio, que deberá cumplir en el penal de Palmasola, más al pago de trescientos días multa a razón de cinco bolivianos por día, y al pago de costas procesales que se regularán en ejecución de sentencia, fallo que es apelado por los tres procesados a fojas 373, 374 y 375 y concedido la alzada, las dos procesadas mujeres fundamentan la apelación de fojas 381 a 383 y de fojas 385 a 386.

Mostrando 9 de 17 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
José Agustín Ugarte Orellana.
Tribunal Supremo de Justicia9 de abril de 2007AS/0384/2007Fuente oficial