Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 386
Sucre, 30 de junio de 2022
Expediente: 05/2022-Compulsa
Demandante: Sistema de Regulación y Supervisión Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
Demandado: Vocales de la Sala Social, Administrativa y Contenciosa Administrativa Tercera del Tributaria Departamental de Justicia de La Paz.
Proceso: Compulsa
Departamento: La Paz.
Magistrado Tramitador: Lic. José Antonio Revilla Martínez
VISTOS: El recurso de compulsa de fs. 77, interpuesto por la Unidad de Supervisión de Aseo Urbano Dependiente del SIREMU del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, representado por Willy Boris Balderrama Mendoza, contra la Resolución N° 21/2022 de 20 de mayo, emitida por la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso contencioso administrativo seguido por la Sociedad de Tratamiento Especializado de Residuos Sólidos y Servicios Ambientales Sociedad Anónima TERSA S.A., contra la Dirección del Sistema de Regulación y Supervisión Municipal dependiente de la Secretaría Municipal de Gestión Ambiental dependiente del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, los antecedentes adjuntos, y:
I.- Argumentos del recurso de compulsa:
Por memorial de fs. 27, Willy Boris Balderrama Mendoza, Jefe de la Unidad de Supervisión de Aseo Urbano Dependiente del SIREMU del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, interpuso recurso de compulsa contra la Resolución N° 21/2022 de 20 de mayo de 2022; determinación en la cual se rechaza el recurso de apelación formulado por la entidad edil, contra la Resolución N° 12/2021 de 22 de julio de 2021; que dentro del plazo establecido por Ley, conforme dispone el art. 279 del Código Procesal Civil, formula el recurso de compulsa para que el Tribunal Supremo de Justicia determine lo que corresponda en derecho.
II.- Antecedentes del proceso:
De la revisión de los antecedentes adjuntos al recurso de compulsa, se evidencia lo siguiente:
Mediante Auto N° 11/2020 de 03 de julio de 2020, a fs. 12, la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, admitió la demanda contenciosa administrativa de fs. 169 a 177 y 184 a 185 del expediente principal.
Contra este Auto de Admisión, la Dirección del Sistema de Regulación y Supervisión Municipal SIREMU del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz (GAM La Paz), interpuso excepción previa de arbitraje, que generó la emisión de la Resolución N° 12/2021 de 22 de julio de 2021, la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró IMPROBADA la excepción previa de arbitraje interpuesta por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
Ante la determinación señalada, la Dirección de Supervisión de Aseo Urbano y Disposición Final de Residuos Dependiente del Sistema de Regulación y Supervisión Municipal del GAM La Paz, por memorial de fs. 70 a 72, en el Otrosí 1ro, interpuso Recurso de Apelación contra la Resolución N° 12/2021 de 22 de julio, resuelta por Resolución N° 21/2022 de 20 de mayo, a fs. 73, que en relación a la apelación, declaró: RECHAZAR el recurso de apelación interpuesto por Willy Boris Balderrama Mendoza, en representación de la institución señalada precedentemente.
Promovido el recurso de compulsa por memorial de fs. 77, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió la Resolución 25/2022 de 6 de junio, que CONCEDIÓ el recurso de compulsa interpuesto por Willy Boris Balderrama Mendoza, Jefe de la Unidad de Supervisión de Aseo Urbano Dependiente del SIREMU del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz contra la Resolución N° 21/2022 de 20 de mayo.
Fundamentos jurídicos del fallo y análisis del caso en concreto:
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