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TSJReiteradora

AS/0388/2018

Tribunal Supremo de Justicia
27 de julio de 2018Social 1eraMag. Maria Cristina Diaz Sosa

Derecho de la Seguridad Social / Compensación de cotizaciones

El recurrente señala como vulnerado su derecho al debido proceso en su elemento debida fundamentación, motivación y congruencia en las decisiones de las autoridades jurisdiccionales y la carencia de valoración de la prueba. Argumenta que el Auto de Vista no valoró la prueba documental que respalda s...

Proceso
Social (Reclamación de Compensación de Cotizaciones)
Sala
Social 1era
Año
2018

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 388

Sucre, 27 de julio de 2018

DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES

Expediente: 194/2018

Demandante: Rubén Paz Ardaya

Demandado: Servicio Nacional del Sistema de Reparto “SENASIR”

Materia: Social (Reclamación de Compensación de Cotizaciones)

Distrito: Santa Cruz

Magistrada Relatora: Dra. María Cristina Díaz Sosa

VISTOS

El Recurso de Casación planteado por Rubén Paz Ardaya, contra el Auto de Vista 115 de 2 de mayo de 2017, cursante a fs. 85, pronunciado por la Sala Primera Social, Contencioso Tributario y Contencioso Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz dentro el proceso Social de Reclamación de Compensación de Cotizaciones, seguido por el recurrente contra el SENASIR, el memorial que contesta traslado de fs. 93 a 95, el Auto que concede el recurso de fs. 101, el Auto de admisión de 4 de mayo de 2018, antecedentes del proceso; y:

I. ANTECEDENTES PROCESALES

Resolución de la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto

Iniciado el trámite de Compensación de Cotizaciones (CC) Procedimiento Manual por Rubén Paz Ardaya, previo el trámite correspondiente, el ente gestor procedió a certificar aportes de la Compañía Industrial San Aurelio SA del periodo febrero/1973 a abril/1975, del Ingenio Azucarero Guabirá – Santa Cruz, del periodo diciembre/1975 a enero/1976; y de PIL Santa Cruz del periodo diciembre/1984 a febrero de 1986 y de agosto/1986 a junio/1987, totalizando 4 años y 7 meses de aportes; considerando como último salario cotizado junio/1987; cálculo efectivizado en el Formulario de Cálculo, Compensación de Cotizaciones, Procedimiento Manual, FORM-SIP-CC-M-01 Nº 65293, Resolución 7335 de 23 de septiembre de 2016 (fs. 27 de obrados).

Resolución de la Comisión de Reclamación del SENASIR

El asegurado presenta recurso de reclamación contra la Resolución 7335, que le otorgó una CC Global, resuelto por la Comisión de Reclamación del SENASIR mediante Resolución 487/16 de 28 de noviembre, confirmando la resolución reclamada, por encontrarse de acuerdo a los datos del expediente y normativa en vigencia (fs. 41 a 43 de obrados).

Auto de Vista

En apelación interpuesta por el asegurado, la Sala Primera Social, Contencioso Tributario y Contencioso Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Auto de Vista 115 de 2 de mayo de 2017, cursante a fs. 85, confirma la resolución dictada por la Comisión Reclamación.

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INEXISTENCIA DE PLANILLAS Y COMPROBANTES DE PAGO/ En el caso de inexistencia de planillas y comprobantes de pago en los archivos del SENASIR, tomando en cuenta que los derechos reconocidos en la norma jurídica fundamental del Estado son inviolables, universales, interdependientes, indivisibles y progresivos; el SENASIR certificará los aportes con la documentación que cursa en el expediente del asegurado, entre otros: Finiquitos, Certificados de trabajo, boletas de pago o planillas de haberes, partes de filiación y baja de las Cajas de Salud respectivas, calificación de años de servicio etc.

Datos del proceso

Demandante
Rubén Paz Ardaya
Demandado
Servicio Nacional del Sistema de Reparto “SENASIR”
Proceso
Social (Reclamación de Compensación de Cotizaciones)
Magistrado relator
Maria Cristina Diaz Sosa

Precedente

Artículo 14 del Decreto Supremo Nº 27543 de 31 de mayo de 2004

Tribunal Supremo de Justicia27 de julio de 2018AS/0388/2018Fuente oficial