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TSJ

AS/0391/2006

Tribunal Supremo de Justicia
10 de julio de 2006Social 2daMag. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
Proceso
Social.
Sala
Social 2da
Año
2006

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 391

Sucre, 10 de julio de 2.006

DISTRITO: La Paz PROCESO: Social.

PARTES: Héctor Echeverría Alarcón c/ Empresa "DURAPLAC".

MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez.

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VISTOS: El recurso de Nulidad o Casación de fs. 30, interpuesto por Héctor Echeverría, contra el Auto de Vista Nº 106/2002 de 24 de junio de 2002, cursante a fs. 26, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro el proceso social seguido por el recurrente contra la empresa DURAPLAC, sobre pago de beneficios sociales y otros conceptos, los antecedentes del proceso, el dictamen fiscal de fs. 34-35, y

CONSIDERANDO: Que en ejecución de sentencia, el Juez 2º del Trabajo y Seguridad Social pronunció el auto motivado de 18 de septiembre de 2001, de fs. 136 (fs. 18 de las copias legalizadas) rechazando la solicitud de suspensión de remate incoado a fs. 130 del expediente principal por el demandado, el mismo que fue revocado por el Auto de Vista de fs. 26, que motivó el recurso de nulidad o casación de fs. 30.

CONSIDERANDO: Que según el art. 518 del Código de Procedimiento Civil, aplicable en el presente caso por la permisión prevista en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo, las resoluciones dictadas en ejecución de sentencia sólo pueden ser apeladas en el efecto devolutivo, sin recurso ulterior.

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Datos del proceso

Demandante
Héctor Echeverría Alarcón
Demandado
Empresa "DURAPLAC".
Proceso
Social.
Magistrado relator
Eddy Walter Fernández Gutiérrez
Tribunal Supremo de Justicia10 de julio de 2006AS/0391/2006Fuente oficial