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TSJ

AS/0395/2014

Tribunal Supremo de Justicia
18 de julio de 2014Civil IMag. Rómulo Calle Mamani
Proceso
Declaración judicial de paternidad.
Sala
Civil I
Año
2014

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 395/2014

Sucre: 18 de julio 2014

Expediente: SC-57-14-S

Partes: Jorge Suárez. c/ Maximiliano Gutiérrez Suárez y otros (herederos de

Maximiliano Gutiérrez Leigue).

Proceso: Declaración judicial de paternidad.

Distrito: Santa Cruz

VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 249 a 252, interpuesto por Erwin Gutiérrez Suárez por sí y en representación de Eldy Gutiérrez Suárez, Marlene Gutiérrez Suárez y Maximiliano Gutiérrez Suárez, contra el Auto de Vista de 11 de febrero de 2014, de fs. 243 y vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso de declaración judicial de paternidad seguido por Jorge Suárez contra Maximiliano Gutiérrez Suárez y otros (herederos de Maximiliano Gutiérrez Leigue), la concesión de fs. 257, los antecedentes del proceso, y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO:

El Juez Cuarto de Partido de Familia dictó Sentencia de 26 de agosto de 2013, cursante de fs. 206 a 207 vta., declarando probada la demanda principal de reconocimiento judicial de paternidad, reconociendo como padre biológico de Jorge Suárez al fallecido Maximiliano Gutiérrez Leigue, e improbada la demanda reconvencional por presuntos daños y perjuicios, disponiendo el registro de la Sentencia ante la Dirección Departamental de Registro Civil.

Resolución de fondo que es apelada por la parte demandada por escrito de fs. 217 a 219, y como consecuencia de ello se dicta el Auto de Vista de 11 de febrero de 2014, de fs. 243 y vta., que confirma la Sentencia apelada; Resolución de Alzada que es recurrida de casación en la forma y el fondo por la parte demandante que merece el presente análisis.

CONSIDERANDO II:

DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:

El recurrente en al apartado de casación en la forma señala la conculcación del art. 396 del Código de Procedimiento Civil, sosteniendo que el Juez A quo dictó decreto de fs. 203 no definió los días que se requería para la presentación del certificado de nacimiento del demandante, en los cuales quedaba suspendido el plazo que se tenía para dictar Sentencia, dictando ésta última en fecha 26 de agosto de 2013 fuera del plazo previsto por el art. 204 -1) del CPC, sin considerar que el plazo le corría desde el 12 de octubre de 2006. A esto argumenta que se vulneró el art. 378 de la norma procesal, por no tener por objeto la de subsanar omisiones, errores o negligencia de las partes, a más de señalar que el Auto de Vista es nulo porque fue dictado fuera de plazo y el Juez perdió competencia.

Acusa también vulneración del art. 55 del Código de Procedimiento Civil, porque el actor no prestó juramento en sentido de desconocer el domicilio de los demandados Rolando Gutiérrez Suárez, Jorge Gutiérrez Diersinky y Raúl Gutiérrez Dersinky, por lo que en el acta de fs. 8 no indica el nombre de los demandados, y que al haber fallecido dos herederos no era posible demandar a los difuntos sino a sus herederos dejándolos en indefensión.

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Datos del proceso

Demandante
Jorge Suárez.
Demandado
Maximiliano Gutiérrez Suárez y otros (herederos de
Proceso
Declaración judicial de paternidad.
Magistrado relator
Rómulo Calle Mamani
Tribunal Supremo de Justicia18 de julio de 2014AS/0395/2014Fuente oficial