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TSJ

AS/0395-A/2010

Tribunal Supremo de Justicia
3 de septiembre de 2010Penal IMag. Maritza Suntura Juaniquina
Proceso
Sala
Penal I
Año
2010

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Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: No. 395-BIS Sucre, 3 de septiembre de 2010

DISTRITO: La Paz

PARTES: Ministerio Público y Otro c/ José Luís Lora Núñez y Otros.

Estafa (Declara no haber lugar a la explicación y complementación)

VISTOS: La solicitud de complementación y enmienda al Auto Supremo Nº 370/2010, formulado por José Luís Lora Núñez de 2 de septiembre de 2010, los antecedentes de la materia; y,

CONSIDERANDO: Que, habiéndose formulado en tiempo hábil y oportuno por el imputado la solicitud de complementación y enmienda al Auto Supremo Nº 370 de 24 de agosto de 2010, expresando que en dicho falló existe contradicción en la valoración de la prueba adjuntada, refiriéndose a la escritura pública y la acusación fiscal que cursan en obrados, solicita se aclare y complemente ese aspecto.

CONSIDERANDO: Que al respecto, se debe tomar muy en cuenta, que el artículo 125 del Código de Procedimiento Penal, reconoce a las partes la facultad de solicitar la explicación, complementación y enmienda de las resoluciones judiciales, con el fin de que el Tribunal aclare las expresiones oscuras, supla alguna omisión o corrija cualquier error material o de hecho, contenidos en sus actuaciones y resoluciones, siempre que ello no importe una modificación esencial de las mismas.

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Criterio

Que al respecto, se debe tomar muy en cuenta, que el artículo 125 del Código de Procedimiento Penal, reconoce a las partes la facultad de solicitar la explicación, complementación y enmienda de las resoluciones judiciales, con el fin de que el Tribunal aclare las expresiones oscuras, supla alguna omisión o corrija cualquier error material o de hecho, contenidos en sus actuaciones y resoluciones, siempre que ello no importe una modificación esencial de las mismas. Que en ese entendido, el Auto Supremo Nº 370/2010, cuya complementación y enmienda se solicita, fue emitido en términos claros y precisos, sin que exista ningún aspecto oscuro, omisión o error material de hecho que amerite ser aclarado, suplido o corregido.

Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público y Otro
Demandado
José Luís Lora Núñez y Otros.
Magistrado relator
Maritza Suntura Juaniquina

Descriptores

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Recursos / Enmienda complementación y aclaración / No ha lugar o no procede
Tribunal Supremo de Justicia3 de septiembre de 2010AS/0395-A/2010Fuente oficial