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TSJ

AS/0397/2007

Tribunal Supremo de Justicia
9 de abril de 2007Penal I
Proceso
Sala
Penal I
Año
2007

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Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: No. 397 Sucre 9 de abril de 2007

DISTRITO: Pando

PARTES : Ministerio Público c/ Rider Romero Vaca y otros.

Tráfico de sustancias controladas y otro.

MINISTRO RELATOR: Dr. Wilfredo Ovando Rojas.

Sucre, 9 de abril de 2007.

VISTOS: El recurso de nulidad o casación de fojas 998 a 1000 Vlta., interpuesto por Rider Romero Vaca y Juan Elvin Rigera contra el Auto de Vista No. 10/ 2003 de 14 de mayo de 2003 de fojas 988 a 991, pronunciado por la Sala Penal y Administrativa de la Corte Superior de Distrito de Pando, dentro el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra los recurrentes y Limber Gonzáles Pérez, Pablo Huerta Lozano, Juan Seminario Chavez Valverde, Francisco Lima Alves, Saúl Vicente Ramírez Gutiérrez, e Isidro Carrillo Vega, por el delito de tráfico de sustancias controladas previsto en el Art. 48 con relación al Art. 33 inc. m) de la Ley Nº 1008 y complicidad en el tráfico de sustancias controladas previsto en el Art. 76 con relación al Art. 48 de la misma Ley, y

CONSIDERANDO: Que, el Juzgado de Partido de Sustancias Controladas de Cobija, del Departamento de Pando, pronunció la sentencia de fecha 15 de febrero de 2003 de fojas 953 a 959, declarando a los procesados Limber Gonzales Pérez, Pablo Huerta Lozano, Francisco Lima Alves, Isidro Carrillo Vega, Saúl Vicente Ramírez Gutiérrez y Juan Seminario Chavez Valverde culpables en la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, previsto y sancionado por el Art. 48 con relación al Art. 33 inc. m) de la Ley Nº 1008, condenándoles a cada uno a la pena de 10 años de presidio, más el pago de 400 días multa a razón de Bs. 1.- por día, costas, daños y perjuicios causados al Estado averiguables en ejecución de sentencia. Al mismo tiempo declarando a los coprocesados Juan Elvin Riguera Jossef y Rider Romero Vaca culpables en la comisión del delito de complicidad en el tráfico de sustancias controladas, previsto en el Art. 76 con relación al Art. 48 de la Ley Nº 1008, condenándoles a cada uno a la pena de 6 meses de presidio, más el pago de 300 días multa a razón de Bs. 1 por día, costas, daños y perjuicios causados al Estado averiguables en ejecución de sentencia.

Atendiendo el recurso de apelación interpuesto por los coprocesados Juan Elvin Riguera y Rider Romero Vaca contra la sentencia, la Sala Penal y Administrativa de la Corte Superior de Distrito de Pando pronunció el Auto de Vista No. 10/2003 de 14 de mayo de 2003 de fojas 988 a 991 vlta. anulando la sentencia y declarando a los procesados rebeldes Limber Gonzáles Pérez, Pablo Huerta Lozano, Francisco Lima Alvez y Juan Ramírez Gutiérrez autores del delito de tráfico de sustancias controladas, incurso en la sanción determinada en el Art. 48 con relación al 3 inc. m) con la agravante determinada en el Art. 53 de la Ley Nº 1008 por asociación delictuosa y confabulación y condenando a cada uno a sufrir la pena de 13 años y tres meses de presidio, el pago de 500 días multa a razón de Bs. 1 por día, costas, daños y perjuicios al Estado y, absolviendo de culpa y pena a los procesados Rider Romero Vaca y Elvin Rivera Jossef del delito de asociación delictuosa y confabulación incurso en la sanción del Art. 53 de la Ley Nº 1008 y declarándoles autores del delito de complicidad previsto en el Art. 76 con relación al Art. 48 de la Ley Nº 1008, condenándoles a sufrir la pena de 6 años y 6 meses de presidio, el pago de 300 días multa a razón de Bs. 1 por día, más costas y daños al Estado.

CONSIDERANDO: Que, los coprocesados Rider Romero Vaca y Juan Elvin Riguera Jossef interpusieron contra el Auto de Vista recurso de nulidad o casación, con los siguientes fundamentos:

Falta de designación de defensor oficial a favor de los ausentes que constituiría causal de nulidad en función del Art. 297- 1) y 5) del Código de Procedimiento Penal en extinción.

Inobservancia de la sentencia de los requisitos legales previstos en el Art. 42 num. 2, 3, 4, 5 y 6 del cuerpo procesal penal de referencia, como es la mención de los hechos y los cargos en contra de los recurrentes.

Violación del Art. 135, concordantes con los Arts. 243 y 244 del mismo cuerpo legal por haberse condenado sin prueba plena

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Rider Romero Vaca y otros.
Tribunal Supremo de Justicia9 de abril de 2007AS/0397/2007Fuente oficial