Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 399-E Sucre 13 de abril de 2007
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES : Ministerio Público c/ Juan Carlos Tabernero Méndez y otro.
Tráfico de sustancias controladas.
(Extinción de la acción penal)
Sucre, 13 de Abril de 2007
VISTOS: El recurso de casación de fojas 582 a 583 Vlta., deducido por el abogado defensor de oficio Juan Oronos Bonilla en representación de los imputados Juan Carlos Tabernero Méndez y Herlan Rojas Lijerón contra el Auto de Vista de fs. 579 a 580 Vlta., pronunciado por la Sala Penal Primera de la Respetable Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el juicio penal que sigue el Ministerio Público contra los recurrentes, por el delito de tráfico; los antecedentes, requerimiento fiscal de fs. 594 a 596, y
CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con la segunda parte de la Disposición Final Tercera, por petición de parte o de oficio corresponde en cada proceso, hacer una revisión exhaustiva del expediente en términos objetivos sobre los orígenes y motivos de la dilación del trámite, para que proceda la extinción de la acción penal en caso de que el retardo del trámite se deba a los órganos administrativos o jurisdiccionales o por el contrario la improcedencia de la extinción para el caso de que la demora sea atribuible a los procesados debiendo tomarse en cuenta el tiempo transcurrido (cinco años) desde la publicación de la Ley 1970, la existencia de declaratoria de rebeldía, la complejidad del juicio, (pluralidad de incriminados, concurso y clase de delito) inasistencia de los procesados o sus abogados a los actos del debate, el uso indiscriminado de medios y recursos sin previsión, incidentes, excepciones, con fines dilatorios, la imprescriptibilidad, antecedentes delictivos, la afectación del daño, los ilícitos penales que son catalogados como delitos de lesa humanidad.
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