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TSJ

AS/0400/2023-RA

Tribunal Supremo de Justicia
3 de mayo de 2023Civil
Proceso
Mejor derecho propietario, reivindicación, acción negatoria más reparación de daños y perjuicios
Sala
Civil
Año
2023

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 400/2023-RA

Fecha: 03 de mayo de 2023

Expediente: CB-15-23-S.

Partes: Cynthia Dolores Vásquez Katz c/ Herminia Valdez Ortega y Raquel Andrea Pimentel Valdez.

Proceso: Mejor derecho propietario, reivindicación, acción negatoria más reparación de daños y perjuicios

Distrito: Cochabamba.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 494 a 500 vta., interpuesto por Herminia Valdez Ortega y Raquel Andrea Pimentel Valdez, contra el Auto de Vista de 18 de noviembre de 2022, corriente de fs. 481 a 491 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, en el proceso ordinario de mejor derecho propietario, reivindicación, acción negatoria más reparación de daños y perjuicios seguida por Cynthia Dolores Vásquez Katz contra las recurrentes; la contestación de fs. 510 a 511 vta.; el Auto de concesión de 05 de abril de 2023, visible a fs. 512, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Cynthia Dolores Vásquez Katz mediante memorial de fs. 48 a 57 vta., promovió demanda ordinaria de mejor derecho propietario, reivindicación, acción negatoria más reparación de daños y perjuicios contra Herminia Valdez Ortega y Raquel Andrea Pimentel Valdez, quienes una vez citadas, por escritos de fs. 116 a 119 y 123 y vta., subsanada por memorial a fs. 123 vta., contestaron negativamente a la demanda, opusieron excepciones previas de incapacidad de la demandante o personería, falta de legitimación o interés legítimo de la demanda, emplazamiento a terceros, prescripción y caducidad, falta de acción y derecho, demanda defectuosa e incongruente, plantearon demanda reconvencional de extinción de derecho propietario por prescripción y usucapión decenal, pretensiones que merecieron el Auto de 27 de junio de 2018 visible a fs. 124 de declaró por no presentadas las mismas; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia de 26 de noviembre de 2019, corriente de fs. 420 a 425 vta., en la que la Juez Público Civil y Comercial 19° de Cochabamba, declaró PROBADA la demanda.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Herminia Valdez Ortega y Raquel Andrea Pimentel Valdez, según memorial de fs. 434 a 437, originó que la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emita el Auto de Vista de 18 de noviembre de 2022, corriente de fs. 481 a 491 vta., que CONFIRMO los Autos Interlocutorios de 27 de junio de 2018, Auto Interlocutorio de 09 de julio de 2019 y Sentencia de 26 de noviembre del mismo año. Con costas y costos.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Herminia Valdez Ortega y Raquel Andrea Pimentel Valdez según escrito que cursa de fs. 494 a 500 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado establece el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida, sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y conforme la Ley N° 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273 y 274 de la mencionada ley.

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Datos del proceso

Demandante
Cynthia Dolores Vásquez Katz
Demandado
Herminia Valdez Ortega y Raquel Andrea Pimentel Valdez
Proceso
Mejor derecho propietario, reivindicación, acción negatoria más reparación de daños y perjuicios
Tribunal Supremo de Justicia3 de mayo de 2023AS/0400/2023-RAFuente oficial