Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 402
Sucre, 02 de agosto de 2018
Expediente: 336/2018-S
Materia: Social
Demandante: Arnold Jacob Johan Hagens.
Demandado: Empresa JALASOFT S.R.L.
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 598 a 603 vta., interpuesto por Sergio Eduardo Torrico Gumucio, en representación de la Empresa Jalasoft SRL, en mérito al poder especial y Bastante Nº 785/2017 de 10 de noviembre de 2017, franqueado ante la notaría Nº 66 de la ciudad de Cochabamba, a cargo de la Abogada Mónica Andrea Pérez Orruel que cursa a fs. 590 a 597 de obrados, contra el Auto de Vista Nº 065/2018 de 16 de mayo de 2018, cursante de fs. 585 a 587, emitido por la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa, del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso social de pago de beneficios sociales, seguido a demanda de Arnold Jacob Johan Hagens, contra la empresa que representa el recurrente, la contestación de fs. 608 a 609, el Auto de 13 de julio de 2018 de fs. 610, por el que concedió el recurso objeto de examen de admisibilidad, los antecedentes y;
I.- CONSIDERACIONES LEGALES:
Que, el Código de Procedimiento Civil (CPC-1975), elevado a Ley Nº 1760, de 28 de febrero de 1997, se aplica en materia laboral, por la permisión de la norma remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo (CPT).
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