Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 402/2023-RA
Fecha: 03 de mayo de 2023
Expediente: O-25-23-S
Partes: Gaby Jeanette Choque Flores y Bonismo Félix Villca Flores c/ Tito Choque López.
Proceso: Acción reivindicatoria.
Distrito: Oruro.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 2811 a 2823 vta., interpuesto por Tito Choque López contra el Auto de Vista N° 57/2023, de 14 de marzo, cursante de fs. 2797 a 2808, pronunciado por la Sala Civil, Comercial de Familia, Niñez y Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, en el proceso ordinario de reivindicación, seguido por Gaby Jeanette Choque Flores y Bonismo Félix Villca Flores contra el recurrente; la contestación visible de fs. 2826 a 2828 vta., el Auto de concesión Nº 44/2023, de 19 de abril, obrante a fs. 2831, todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Gaby Jeanette Choque Flores y Bonismo Félix Villca Flores por escrito de fs. 52 a 56 vta., modificado de fs. 60 a 61, iniciaron proceso ordinario de reivindicación, contra Tito Choque López, quien una vez citado, mediante memorial de fs. 205 a 215, se apersonó y contestó negativamente a la demanda, opuso excepciones de demanda defectuosamente propuesta y trámite inadecuadamente dado por la autoridad judicial y planteó demanda reconvencional por usucapión decenal y cumplimiento de contrato; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia Nº 104/2022, de 19 de octubre, que sale de fs. 2740 a 2749 vta., en la que el Juez Público Civil y Comercial 11º de la ciudad de Oruro, declaró PROBADA la demanda principal e IMPROBADA la acción reconvencional y la pretensión alternativa de cumplimiento de contrato, complementada por el Auto de 25 de octubre de 2022 obrante a fs. 2754 a 2755.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Tito Choque López, según memorial saliente de fs. 2760 a 2768, originó que la Sala Civil, Comercial de Familia, Niñez y Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emita el Auto de Vista Nº 57/2023, de 14 de marzo, corriente en fs. 2797 a 2808, que CONFIRMÓ la Sentencia apelada con costas y costos.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Tito Choque López, mediante memorial de fs. 2811 a 2823 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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