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TSJReiteradora

AS/0404/2018

Tribunal Supremo de Justicia
2 de agosto de 2018Social 1eraMag. Maria Cristina Diaz Sosa

Derecho Administrativo / Derecho Procesal Administrativo / Proceso Contencioso / Recursos / Compulsa / Ilegal

El recurrente interpone recurso de compulsa contra los Vocales de la Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, por negativa indebida del recurso de nulidad o casación presentado. Alega que se rechazó de manera ilega...

Proceso
RECURSO DE COMPULSA/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Sala
Social 1era
Año
2018

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

AUTO SUPREMO N° 404

Sucre, 2 de agosto de 2018

Expediente: 005/2018

Demandante: Rosa Christina Pereira Valenzuela

Demandado: Vocales de la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba

Proceso: Compulsa

Departamento: Cochabamba

Magistrado Tramitador: María Cristina Díaz Sosa

VISTOS: El recurso de compulsa interpuesto por Rosa Christina Pereira Valenzuela, cursante a fs. 26-27, dentro del proceso laboral seguido por Rita Carmiña Fiorilo de Rojas y otros contra la Empresa Unipersonal Cyan Editora, los antecedentes adjuntos, y:

I. Antecedentes del proceso

Argumentos del recurso de compulsa

Que mediante memorial de fojas 26-27, Rosa Christina Pereira Valenzuela, interpone recurso de compulsa contra los Vocales de la Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, por negativa indebida del recurso de nulidad o casación presentado.

Alega que mediante Auto de 29 de junio de 2018 de fs. 24, se rechazó de manera ilegal, el recurso de casación interpuesto por su persona contra el Auto de Vista Nº 005/2018 de 2 de febrero, en franca y evidente vulneración de las normas jurídicas vigentes.

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Máxima

IMPROCEDENCIA DEL RECURSO DE COMPULSA/Si el Auto de Vista que por su naturaleza, no permite la impugnación posterior en casación, no permite el recurso de compulsa, al no cumplir con la exigencia procesal contemplada en el adjetivo civil.

Datos del proceso

Demandante
Rosa Christina Pereira Valenzuela
Demandado
Vocales de la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba
Proceso
RECURSO DE COMPULSA/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Magistrado relator
Maria Cristina Diaz Sosa

Precedente

Artículos 270, 279 y 282-I del Código Procesal Civil

Tribunal Supremo de Justicia2 de agosto de 2018AS/0404/2018Fuente oficial