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TSJReiteradora

AS/0404/2022

Tribunal Supremo de Justicia
17 de agosto de 2022Social 2daMag. Maria Cristina Diaz Sosa

Derecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Principios / Protector

La parte recurrente manifiesta que, no se mencionaría en que foja o pieza procesal se encuentran las pruebas o documentos por los cuales se habría fallado a favor del demandante, mencionando que no existen elementos en el expediente procesal que demuestre que el recurrente deba dinero por concepto d...

Proceso
Pago de Beneficios Sociales
Sala
Social 2da
Año
2022

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA,

SOCIAL Y ADMINISTRATIVA SEGUNDA

Auto Supremo Nº 0404/2022-RRC

Sucre, 17 de agosto 2022

Expediente : SC-CA.SAII-LPZ 296/2022.

Distrito : LA PAZ

Proceso : Pago de Beneficios Sociales

Demandante : Maximiliano Lizandro Mirabal Maldonado

Demandado : Wilson Nivaldo Tapia Luna

Magistrada Relatora : María Cristina Díaz Sosa

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 175 a 178 vuelta, interpuesto por Wilson Nivaldo Tapia Luna, contra el Auto de Vista Nº 187/2021 de 07 de octubre de 2021 de fs. 170 a 171 vta., pronunciado por la Sala Social, Administrativa Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de la Paz, dentro del proceso por pago de beneficios sociales seguido por Carlos Francisco Mirabal Maldonado contra el recurrente, el Auto 70/2022 de fs. 190, que concedió el recurso, los antecedentes del proceso; y Auto Supremo de Admisión Nº 296/2022-I-A de 13 de junio de 2022 de fs. 200 a 2022.

I. 1. ANTECEDENTES DEL PROCESO.

I.1.1. Sentencia.

Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Nº 2 de la Ciudad de La Paz, emitió la Sentencia 19/2021 de 08 de febrero de 2021, de fs. 146 a 150 vlta., declarando PROBADA en parte la demanda de fs. 7 a 10, subsanada a fs. 13 a 14 vlta y 16 vuelta; disponiendo que, el Sr. Wilson Nibaldo Tapia Luna cancele a favor del demandante Sr. Maximiliano Lizandro Mirabal Maldonado la siguiente liquidación:

Tiempo de servicios: Del 03 de septiembre de 2016 hasta 29 de diciembre de 2017; 1 año, 03 meses y 26 días.

Sueldo Promedio indemnizable: Bs. 2000.-

Indemnización: Bs. 2.650.-

Saldo de duodécimas de Aguinaldo con multa: Bs. 1.988,74.-

Vacación: Bs. 2000.-

Sueldos Devengados: Bs. 3.200.-

Sub total: Bs. 9, 838,74.-

Multa del 30% conforme D.S. 28699: Bs. 2.951, 62.-

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Máxima

PRINCIPIO IN DUBIO PRO OPERARIO/Las disposiciones sociales y laborales deben aplicarse bajo los principios de protección de los trabajadores, siendo su finalidad buscar la protección y la tutela de los derechos de los trabajadores; el Estado, a través de las autoridades que imparten justicia, no basa sus acciones necesariamente en la paridad jurídica; sino, en la favorabilidad del trabajador.

Datos del proceso

Demandante
Maximiliano Lizandro Mirabal Maldonado
Demandado
Wilson Nivaldo Tapia Luna
Proceso
Pago de Beneficios Sociales
Magistrado relator
Maria Cristina Diaz Sosa

Precedente

Artículo 48 de la Constitución Política del Estado.

Tribunal Supremo de Justicia17 de agosto de 2022AS/0404/2022Fuente oficial