Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº405
Sucre, 02 de agosto de 2018
Expediente: 006/2018
Demandante: Empresa Unipersonal Cyan Editora.
Demandado: Vocales de la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba
Proceso: Compulsa
Departamento: Cochabamba
Magistrada Tramitadora: María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: El recurso de compulsa interpuesto por CARLOS ANIBAL RIVAS PÁRRAGA en representación de EMPRESA UNIPERSONAL CYAN EDITORA, cursante a fs. 48-48 vta., de obrados, dentro del proceso Laboral seguido por Rita Carmiña Fiorilo de Rojas contra la EMPRESA UNIPERSONAL CYAN EDITORA, los antecedentes adjuntos, y:
I.- Argumentos del recurso de compulsa:
Que mediante memorial de fojas 48-48 vta. de obrados, CARLOS ANIBAL RIVAS PÁRRAGA, en representación de la EMPRESA UNIPERSONAL CYAN EDITORA, interpuso recurso de compulsa contra el Auto de 29 de junio de 2018, emitido por Vocales de la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contencioso Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, cursante a fs. 46, del testimonio remitido, señalando que fue rechazado indebidamente el recurso de casación o nulidad interpuesto con el fundamento que el Auto de Vista no se encuentra dentro de lo establecido por el art. 255 del CPC.
Refiere el compulsante, que el Auto de 29 de junio de 2018, por el cual se rechazó el recurso de casación planteado, sustentó su decisión sin considerar la normativa vigente, siendo que la indicada norma es inaplicable al caso de autos.
Concluye solicitando se declare la legalidad de la compulsa, ordenando se conceda y sustancie el recurso de casación indebidamente negado.
II.- Antecedentes del proceso:
De la revisión de los antecedentes adjuntos al recurso de compulsa, se evidencia lo siguiente:
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