Texto del fallo
S A L A C I V I L
Auto Supremo: Nº 409. Sucre: 25 de Noviembre de 2010.
Expediente: Nº 25 - 08 - S.
Partes: María Vivian Hinojosa Coronel c/ Albaro Gualberto Pedrazas Arce
Distrito:Santa Cruz.
VISTOS: El memorial de fs. 790, presentado por María Vivian Hinojosa Coronel, dentro del proceso ordinario de divorcio que instauró, contra Albaro Gualberto Pedrazas Arce, los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO: Mediante memorialdefs. 790, la demandante María Vivian Hinojosa Coronel, presentó desistimiento y retiro del proceso de casación que formuló de fs. 704 a 706, contra el Auto de Vista de 23 de diciembre de 2007, cursante de fs. 694 a 695, en tal razón, conforme lo establece el art. 307 del Código de Procedimiento Civil, que entre otras cosas dispone que el desistimiento del recurso de casación producirá la ejecutoria del Auto de Vista y que todo Tribunal de apelación o de casación, lo aceptará sin más trámite, con costas, por lo que, en base a la normativa citada corresponde dar curso a dicha solicitud sin mas trámite.
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