Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 409/2012.
Sucre: 14 de noviembre 2012.
Expediente: LP-97-12-S.
Partes: Antonio Tola Aruquipa c/ Héctor Paz Velásquez
Proceso: Nulidad de Escritura Pública
Reivindicación
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación en la forma interpuesto por Antonio Tola Aruquipa de fs. 229 a 232 de obrados en contra del Auto de Vista Nº 251/2012 de 17 de julio 2012 cursante a fs. 227 emitido por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el proceso de Nulidad de Escritura Pública y Reivindicación seguido por el recurrente en contra de Héctor Paz Velásquez; los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, el Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial de la Capital, mediante Sentencia Nº 146/2011 de 21 de mayo 2012 declaró improbada la demanda de nulidad de Escritura Pública Nº 43/93 de 8 de febrero de 1993 así como la Reivindicación incoada por Antonio Tola Aruquipa, respecto del inmueble ubicado en la Av. Eduardo Avaroa Nº 1576 de la zona Alto Tejar de 176,80 m². En conocimiento de la Sentencia emitida conforme consta a fs.199 de obrados, presentó recurso de apelación, el mismo que fue remitido a segunda instancia y que de acuerdo al sorteo informático realizado correspondió resolver a la Sala Civil Segunda, instancia que mediante Auto de Vista Nº 251/2012 de 17 de julio 2012 anuló el Auto de concesión del recurso de apelación de fs. 213 y declaró ejecutoriada la Sentencia Nº 146/2011 al haberse interpuesto dicho recurso fuera del plazo previsto en el art. 220 del Código de Procedimiento Civil.
Que, ante la determinación del Ad quem Antonio Tola Aruquipa presentó recurso de nulidad o casación cursante de fs. 229 a 232 de obrados, mismo que se pasa a considerar.
CONSIDERANDO II:
Mostrando 15 de 29 parrafos.