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TSJ

AS/0410/2005

Tribunal Supremo de Justicia
10 de octubre de 2005Penal I
Proceso
Sala
Penal I
Año
2005

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Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: No. 410 Sucre, 10 octubre de 2005

DISTRITO: La Paz

PARTES: Ministerio Público y otros c/ Miguel Triveño Paredes

Falsedad Material

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VISTOS: el recurso de casación de fojas 251 a 253 interpuesto por Miguel Triveño Paredes, impugnando el Auto de Vista Nº 161, de fecha 21 de junio de 2005, de fojas 237 a 238; pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el representante del Ministerio Público y otro contra el recurrente; por los delitos de falsificación de documento privado y hurto, previstos y sancionados por los artículos 200 y 326 numeral 5) del Código Penal.

CONSIDERANDO: para que el Tribunal de Casación declare la admisibilidad del recurso de casación es necesario cumplir los requisitos formales exigidos en los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal; vale decir, que el recurrente debe interponer el recurso dentro del plazo de los cinco días de haber sido notificado con el Auto de Vista objeto de la impugnación, precisando hechos similares y estableciendo la contradicción de una o más normas adjetivas o sustantivas aplicadas en el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado.

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público y otros
Demandado
Miguel Triveño Paredes
Tribunal Supremo de Justicia10 de octubre de 2005AS/0410/2005Fuente oficial