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TSJ

AS/0412/2021

Tribunal Supremo de Justicia
9 de julio de 2021Social 2daMag. Ricardo Torres Echalar
Proceso
beneficios sociales
Sala
Social 2da
Año
2021

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 412/2021

Sucre, 09 de julio de 2021

Expediente: SC-CA.SAII-SCZ. 349/2021

Distrito: Santa Cruz

Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar

VISTOS:

El recurso de casación de fs. 135 a 138 interpuesto por Cristhian Sandoval Galviz contra el Auto de Vista Nº 04/2021 de 5 de marzo pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contencioso, Contenciosa Administrativa y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso laboral por pago de beneficios sociales, seguido por Francisco Samuel Vargas Banzer contra la parte ahora recurrente, el memorial de contestación de fs. 148 a 150 vta., el Auto de fs. 151 de 15 de abril de 2021 que concedió el recurso, el Auto N° 349/2021-A de 14 de junio de fs. 158 y vta. que lo admitió, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I.

I.1.Antecedentes del proceso.

Francisco Samuel Vargas Banzer, en su escrito de fs. 3 a 4, complementado a fs. 15 y vta. señaló que ingresó a trabajar, por un tiempo de servicios de 9 meses y 29 días mediante contrato verbal; es decir, desde el 2 de enero de 2017 hasta el 31 de octubre del mismo año, habiendo desempeñado sus funciones como chofer percibiendo los últimos tres meses un sueldo de Bs. 5.183,30. El 6 de abril de 2017 nació su hija menor, hecho que comunicó a su empleador; sin embargo, pese haber sido asegurado a la Caja Nacional de Salud, no fue beneficiado con los subsidios correspondientes.

Posteriormente, el 31de octubre de 2017 de forma sorpresiva su empleador le comunicó que estaba retirado, habiéndole pedido que reconsiderara su decisión por cuanto tenía una niña recién nacida, empero no lo hizo, razón por la cual interpuso su demanda laboral en contra de su empleador.

La Jueza Tercero de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, por Resolución de 22 de diciembre de 2017 cursante a fs. 16 admitió la demanda y corrió traslado a la parte contraria, quien por escrito de fs. 38 a 39 vta., respondió negativamente a la demanda.

Cumplidas las formalidades procesales, se emitió la Sentencia Nº 44 de 23 de julio de 2020 cursante de fs. 85 a 92, declarando PROBADA en parte demanda, debiendo cancelar la parte demandada la suma de Bs. 14.542,65 correspondiente al reconocimiento de desahucio, indemnización y aguinaldo.

I.2. Auto de Vista.

Contra esta decisión, por memorial cursante de fs. 98 a 105, y de 109 a 110 vta. el actor y el demandado, respectivamente, interpusieron recurso de apelación. Cumplidas las formalidades procesales, la Sala Social, Contenciosa y Contenciosa Administrativa y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz emitió el Auto de Vista Nº 04/2021 de 5 de marzo cursante de fs. 125 a 131 vta., Revocando en parte la Sentencia N° 44 de 23 de julio de 2020 en lo que respecta al reconocimiento de las asignaciones familiares, es decir, pre lactancia, bono natalidad y post lactancia, disponiendo el pago de Bs. 46.542,65.

I.3 Motivos del recurso de casación.

La parte demandada dentro el plazo previsto por ley, por escrito de fs. 135 a 138 interpuso recurso de casación, acusando las siguientes infracciones:

Que el actor no fue despedido como afirmó en la acción primaria puesto que se retiró de forma voluntaria de su fuente de trabajo, habiendo hecho abandono del mismo, actitud asumida debido a factores de índole personal y por voluntad propia y sin ningún pre aviso a su empleador, ocasionando con ello, un grave perjuicio a su empresa. Refirió que en reiteradas ocasiones tuvo llamadas de atención porque se presentaba a trabajar con aliento alcohólico, motivo por el cual abandonó su fuente de trabajo sin dar explicación alguna y dejando abandonado el camión cargado en las instalaciones de EMBOL S.A.

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Datos del proceso

Demandante
Francisco Samuel Vargas Banzer
Demandado
Cristhian Sandoval Galviz
Proceso
beneficios sociales
Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar
Tribunal Supremo de Justicia9 de julio de 2021AS/0412/2021Fuente oficial