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TSJ

AS/0412/2023-RA

Tribunal Supremo de Justicia
8 de mayo de 2023Civil
Proceso
Reivindicación
Sala
Civil
Año
2023

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 412/2023-RA

Fecha: 08 de mayo de 2023

Expediente: LP-82-23-S

Partes: René Cosme Cusi c/ Bartolomé Cusi Loayza y Valeria Kochi Mamani de Cusi.

Proceso: Reivindicación.

Distrito: La Paz.

VISTOS: El recurso de casación obrante de fs. 632 a 643 vta., interpuesto por René Cosme Cusi contra el Auto de Vista N° 288/2022 de 05 de diciembre, cursante de fs. 621 a 630, pronunciado por la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el proceso de reivindicación seguido por el recurrente contra Bartolomé Cusi Loayza y Valeria Kochi Mamani de Cusi, la contestación visto de fs. 645 a 649; el Auto de concesión de 06 de abril de 2023 corriente a fs. 650, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Por memorial de demanda de fs. 25 a 27, subsanado de fs. 45 a 47 vta., René Cosme Cusi, promovió el proceso ordinario de reivindicación, contra Bartolomé Cusi Loayza y Valeria Kochi Mamani de Cusi, quienes una vez citados y emplazados, mediante escrito cursante de fs. 404 a 408, subsanado de fs. 412 a 413 y de fs. 433 a 436, contestaron negativamente y reconvinieron por usucapión decenal o extraordinaria; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia N° 331/2021 de 19 de julio, visible de fs. 581 a 587 vta., donde la Juez Público Civil y Comercial 7° de la ciudad de El Alto - La Paz, declaró: IMPROBADA la demanda principal de reivindicación y PROBADA la reconvencional de usucapión decenal o extraordinaria.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por René Cosme Cusi mediante memorial cursante de fs. 594 a 602 vta., originó que la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° 288/2022 de 05 de diciembre, cursante de fs. 621 a 630, CONFIRMANDO la Sentencia apelada.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por René Cosme Cusi, según escrito cursante de fs. 632 a 643 vta.; recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado establece el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida, sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y conforme la Ley N° 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273 y 274 del mismo cuerpo legal.

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Datos del proceso

Demandante
René Cosme Cusi
Demandado
Bartolomé Cusi Loayza y Valeria Kochi Mamani de Cusi
Proceso
Reivindicación
Tribunal Supremo de Justicia8 de mayo de 2023AS/0412/2023-RAFuente oficial