Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 414/2021
Sucre, 09 de julio de 2021
Expediente: SC-CA.SAII-CBBA. 316/2021
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 103 a 106, interpuesto por Sergio Jhoel Revollo Bascope, propietario de “Panadería LS-Sergio Revollo”., contra el Auto de Vista Nº 164/2020 de 08 de septiembre, pronunciado por la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso Laboral de Beneficios Sociales, seguido por Elizabeth Vera Montaño, contra la parte recurrente, el Auto de 29 de abril de 2021 de fs. 112 que concedió el recurso, el Auto Nº 316/2021-A de 27 de mayo, que admitió el recurso, los antecedentes del proceso; y,
I. CONSIDERANDO
I.1 Antecedentes del proceso.
I.1.1. Sentencia.
Que, tramitado el proceso laboral, el Juzgado de Partido Mixto de Sentencia y del Trabajo y Seguridad Social Primero de Sacaba-Cochabamba, emitió la Sentencia de 25 de septiembre de 2019 de fs. 70 a 71 vta., que declaró PROBADA EN PARTE la demanda de fs. 11 a 14, disponiendo que dentro de tercero día de ejecutoriada la presente sentencia y bajo la alternativa de ley, el demandado pague a la actora el monto de la liquidación que sigue de sus beneficios sociales y derechos laborales:
Tiempo de servicios: 6 meses y 25 días.
Salario promedio indemnizable: Bs. 1.600
Indemnización: Bs. 2.186
Aguinaldo: Bs. Duodécimas doble, 6 meses y 25 días Bs. 4.372
TOTAL A CANCELAR: Bs. 6.558
I.1.2.- Auto de Vista.
Deducido el recurso de apelación por la parte demandante, la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Auto de Vista Nº 164/2020 de 08 de septiembre de fs. 93 a 98, el cual Revocó Parcialmente la sentencia apelada, enmendada con Auto de 15.11.2019, con la siguiente modificación:
Tiempo de servicios: 6 meses y 25 días.
Salario promedio indemnizable: Bs. 2.000
Indemnización: Bs. 1.138,71
Desahucio: Bs. 6.000,00
Aguinaldo y doble por su incumplimiento: Bs. 2.277,42
Reintegro de Salarios: Bs. 2.733,25
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