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TSJ

AS/0415/2024-RA

Tribunal Supremo de Justicia
10 de mayo de 2024Civil
Proceso
Mejor derecho propietario, nulidad parcial de documento privado, retiro de construcciones y reivindicación.
Sala
Civil
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 415/2024-RA

Fecha: 10 de mayo de 2024

Expediente: CH-43-24-S

Partes:Gregoria Barrón Medrano Vda. de Pacaja, Olga, Carolina y Juan Carlos

todos Pacaja Barrón c/ Ángela Robles Revollo Vda. de Herrera, Ana, David, Lidia, Elizabeth todos Herrera Robles, Luís Herrera Nova, posibles herederos desconocidos de Marcelo Herrera Cardozo, Abraham Zuna Prieto, Hilarión y Carmelo ambos García Aguilar y personas desconocidas.

Proceso: Mejor derecho propietario, nulidad parcial de documento privado, retiro de construcciones y reivindicación.

Distrito: Chuquisaca.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 4376 a 4382, interpuesto por Gregoria Barrón Medrano Vda. de Pacaja, Olga y Carolina ambas Pacaja Barrón, contra el Auto de Vista N° 076/2024, de 18 de marzo, obrante de fs. 4337 a 4352, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso ordinario de mejor derecho propietario, nulidad parcial de documento privado, retiro de construcciones y reivindicación seguido por los recurrentes contra Ángela Robles Revollo Vda. de Herrera, Ana, David, Lidia, Elizabeth todos Herrera Robles, Luís Herrera Nova, posibles herederos desconocidos de Marcelo Herrera Cardozo, Abraham Zuna Prieto, Hilarión y Carmelo ambos García Aguilar y personas desconocidas; las contestaciones al recurso, cursantes de fs. 4401 a 4402, 4409 a 4410, 4411 a 4412 y vta., 4413 a 4416, 4417 a 4419 vta., 4420 y vta., 4421 a 4424, 4425 a 4427 vta., 4428 a 4433 y 4435 a 4441; Auto de concesión de 29 de abril de 2024, visible a fs. 4442, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Gregoria Barrón Medrano Vda. de Pacaja, Olga, Carolina y Juan Carlos todos Pacaja Barrón, por memorial de fs. 60 a 67 vta., promovió proceso ordinario de mejor derecho propietario, nulidad parcial de documento privado, retiro de construcciones y reivindicación contra Ángela Robles Revollo Vda. de Herrera, Ana, David, Lidia, Elizabeth todos Herrera Robles, Luís Herrera Nova, posibles herederos desconocidos de Marcelo Herrera Cardozo, Abraham Zuna Prieto, Hilarión y Carmelo ambos García Aguilar y personas desconocidas, quienes una vez citados, según escrito de fs. 223 a 228, Abraham Zuna Prieto, contestó negativamente, interpuso excepción previa de prescripción y reconvino por nulidad y cancelación de inscripción de Derechos Reales; por su parte Ana Herrera Robles, Ángela Robles Revollo Vda. de Herrera, por memorial de fs. 265 a 266, plantean incidente de extinción de instancia, resuelto y rechazado por Auto de 17 de julio de 2019, de fs. 298 vta. a 299 vta.; con relación a Hilarión y Carmelo ambos García Aguilar, Ángela Robles Revollo Vda. de Herrera, por memoriales de fs. 275 a 280 vta., contestaron negativamente e interpusieron excepción de prescripción y planteó reconvención por nulidad y cancelación de inscripción de Derechos Reales; en cuanto a Lidia Herrera Robles, Luís Herrera Nova, Elizabeth Herrera Robles y los demandados desconocidos, citados por edictos, a través de la Defensora de Oficio designada María Jesús Villafán Flores, respondieron negativamente y plantearon excepciones previas, por memorial de fs. 580 a 583; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia N° 168/202, de 11 de septiembre, que cursa de fs. 3937 vta. a 3951, en la que el Juez Público Civil y Comercial 8° de la ciudad de Sucre, declaró PROBADA en todas sus partes la demanda de mejor derecho propietario, nulidad parcial de documento privado, retiro de construcciones y reivindicación e IMPROBADA la demanda reconvencional de nulidad de inscripción en Derechos Reales.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación mediante memoriales que corren de fs. 3994 a 4000, 4013 a 4015, 4016 a 4028 vta., 4030 a 4036, 4037 a 4442 vta., 4052 a 4059, 4060 a 4066, 4067 a 4070 vta., 4072 a 4077, 4078 a 4081, 4082 a 4083 vta., 4085 a 4088, 4089 a 4092, 4132 a 4134 vta., 4136 a 4139 y 4141 a 4143; originó que la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emita el Auto de Vista N° 076/2024, de 18 de marzo, visible de fs. 4337 a 4352, que ANULÓ obrados hasta la audiencia preliminar inclusive, debiendo integrarse a la litis a los sujetos procesales referidos, para que se los cite conforme a la normativa procesal y puedan hacer uso del derecho a la defensa, para luego continuar con la sustanciación de la audiencia preliminar como corresponda.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Gregoria Barrón Medrano Vda. de Pacaja, Olga y Carolina Pacaja Barrón, mediante escrito de fs. 4376 a 4382, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado establece el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida, sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y conforme la Ley N° 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273 y 274 de la mencionada ley.

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Datos del proceso

Demandante
Gregoria Barrón Medrano Vda. de Pacaja, Olga, Carolina y Juan Carlos
Demandado
Ángela Robles Revollo Vda. de Herrera, Ana, David, Lidia, Elizabeth todos Herrera Robles, Luís Herrera Nova, posibles herederos desconocidos de Marcelo Herrera Cardozo, Abraham Zuna Prieto, Hilarión y Carmelo ambos García Aguilar y personas desconocidas
Proceso
Mejor derecho propietario, nulidad parcial de documento privado, retiro de construcciones y reivindicación.
Tribunal Supremo de Justicia10 de mayo de 2024AS/0415/2024-RAFuente oficial