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TSJ

AS/0422/2006

Tribunal Supremo de Justicia
10 de octubre de 2006Penal IMag. Rosario Canedo Justiniano
Proceso
Sala
Penal I
Año
2006

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Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: No. 422 Sucre 10 de octubre de 2006

DISTRITO: Santa Cruz

PARTES : Ministerio Público c/ Nelson Vallejos Llanto.

Tráfico de sustancias controladas.

MINISTRA RELATORA: Dra. Rosario Canedo Justiniano.

VISTOS: el recurso de casación de fojas 205 a 208 interpuesto por Nelson Vallejos Llanto, impugnando el Auto de Vista de fecha 17 de octubre de 2002 de fojas 203 a 204, pronunciado por la Sala Penal Primera de la R. Corte Superior de Justicia del Distrito de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el representante del Ministerio Público contra el recurrente, por el delito de tráfico de sustancias controladas, previsto y sancionado por el artículo 48 de la Ley Nº 1008, sus antecedentes, y:

CONSIDERANDO: que el Tribunal Tercero de Partido de Sustancias Controladas Liquidador declaró en sentencia a Nelson Vallejos Llanto, (fs. 152-157) autor del delito de tráfico de sustancias controladas incurso en el artículo 48 de la Ley 1008, imponiéndole la pena de diez años de presidio a cumplir en el Centro de Rehabilitación de Palmasola, más 300 días multa a razón de Bs. 2 por día, y costas a favor del Estado a calificarse en ejecución de sentencia; por otro lado, declara a Cristóbal Rojas Orozco absuelto de pena y culpa de la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas previsto en el artículo 48 de la Ley 1008, por no existir prueba plena en su contra, suspendiendo las medidas cautelares de carácter personal; la referida resolución fue apelada y resuelta por Auto de Vista de fojas 203 a 204 que confirmó la sentencia recurrida; asimismo, dicho auto fue objeto del recurso de casación interpuesto por Nelson Vallejos Llanto.

CONSIDERANDO: que el recurrente mediante el recurso de casación de fojas 205 a 208 impugna el Auto de Vista de fecha 17 de octubre de 2002, señalando:

1) Que el Tribunal de Apelación habría interpretado erróneamente los preceptos de la ley sustantiva, al no existir la concurrencia de dolo, porque sólo era chofer de la movilidad donde se habría encontrado la droga incautada.

2) Que el Tribunal de Apelación, no habría efectuado correcta valoración de las pruebas de descargo.

3) Que el "dolo" sería uno de los elementos constitutivos del tipo penal de tráfico de sustancias controladas aspecto que no se dio en la conducta del imputado;

4) Que la infracción a la ley sustantiva radicaría también, en la imposición de la sanción; finalmente, manifiesta la inexistencia de prueba plena;

Mostrando 13 de 26 parrafos.

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Nelson Vallejos Llanto.
Magistrado relator
Rosario Canedo Justiniano
Tribunal Supremo de Justicia10 de octubre de 2006AS/0422/2006Fuente oficial