Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0423/2008

Tribunal Supremo de Justicia
20 de noviembre de 2008Social 2daMag. Hugo Suarez Calbimonte
Proceso
Contencioso Tributario
Sala
Social 2da
Año
2008

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 423

Sucre, 20 de noviembre de 2.008

DISTRITO: Chuquisaca PROCESO: Contencioso Tributario

PARTES: Hans E. Morales Barrero y otra. c/ Servicio de Impuestos Nacionales.

MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte.

+++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++

VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs.451-455, interpuesto por Hans Edwin Morales Barrero y Nelvy Suárez de Morales, contra el Auto de Vista Nº 110/2007 de 26 de febrero de 2007, cursante a fs. 443-446, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del proceso contencioso tributario seguido por los recurrentes contra el Servicio de Impuestos Nacionales, Gerencia Distrital Chuquisaca, representada por Rómulo Bernal García, el dictamen fiscal de fs. 465-468, los antecedentes del proceso y

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario del Distrito Judicial de Chuquisaca, emitió la Sentencia Nº 02/2006 de 22 de diciembre de 2006, cursante a fs. 413-420 vta., que declaró improbada la excepción perentoria de prescripción contra los adeudos tributarios interpuesta en ampliación de la demanda y probada la excepción perentoria de haberse acogido el actor al recurso administrativo establecido en el numeral 4) del art. 174 de la Ley Nº 1340 e improbada la demanda contenciosa tributaria de fs. 4-7 y su ampliación de fs. 11-14 interpuesta por Hans Edwin Morales Barrero y Nelvy Suárez de Morales, contra el Servicio de Impuestos Nacionales Chuquisaca.

En grado de apelación interpuesto por los contribuyentes (fs. 423-430) mediante Auto de Vista Nº 110/2007 de 26 de febrero de 2007, cursante a fs. 443-446, se confirmó en todas sus partes la Sentencia Nº 02/2006 de 22 de diciembre de 2006, cursante a fs. 413-420 vta., sin costas.

Este fallo motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma, cursante a fs. 451-455.

CONSIDERANDO II: Que, en ejercicio de la facultad conferida en el art.

15 de la Ley de Organización Judicial, este tribunal tiene la facultad de revisar, de oficio, los antecedentes del proceso a objeto de verificar el cumplimiento de los plazos y leyes que rigen su correcta tramitación, para imponer en su caso la sanción que corresponda o determinar la nulidad de oficio, conforme faculta el art. 252 del Código de Procedimiento Civil.

1.- En autos, se advierte que los recurrentes interpusieron demanda contenciosa tributaria emergente de los actos administrativos constituidos dentro del procedimiento administrativo tributario de cobro coactivo del Pliego de Cargo Nº 84/93 de 21 de junio de 1993, así como los autos emitidos en sede administrativa de 21 y 29 de agosto de 2006 (fs. 1 y 2).

Mostrando 13 de 26 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Hans E. Morales Barrero y otra.
Demandado
Servicio de Impuestos Nacionales.
Proceso
Contencioso Tributario
Magistrado relator
Hugo Suarez Calbimonte
Tribunal Supremo de Justicia20 de noviembre de 2008AS/0423/2008Fuente oficial