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TSJ

AS/0423/2010

Tribunal Supremo de Justicia
16 de diciembre de 2010Penal IIMag. Norka Natalia Mercado Guzmán
Proceso
Asociación delictuosa, robo y tentativa de homicidio.
Sala
Penal II
Año
2010

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Texto del fallo

SALA PENAL SEGUNDA

Auto Supremo Nº 423 Sucre, 16 de diciembre de 2010

Expediente: Santa Cruz 211/2004.

Partes: Ministerio Público y Gerardo Apolinar Borda Rosado y otros c/ Joel Mostajo Bardusi, Carlos Tomaylla Montañez y otros.

Delito: Asociación delictuosa, robo y tentativa de homicidio.

Relator: Ministro José Luís Baptista Morales.

VISTOS: el recurso de nulidad presentado el 27 de julio de 2004 por Joel Mostajo Bardusi (fojas 1076 a 1078), impugnando el Auto de Vista emitido el 12 de junio del mismo año por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz (fojas 1068 a 1070) en el proceso seguido a querella de Gerardo Apolinar Borda Rosado, María del Carmen Mancilla de Borda, Filimón Luís Eduardo Ortiz del Pino, Javier Torres Romero, Noemí Arias Nogales, Porfirio Collazos Claudio y Jacqueline Patricia Peña de Benítez contra el recurrente y contra Carlos Tomaylla Montañéz, Percy Fernández Maidana, David Antonio López Hernández, Robert Mario Ochoa Justiniano y Néstor Calderón Cadillo, con imputación por comisión de los delitos de asociación delictuosa, robo y tentativa de homicidio.

CONSIDERANDO: que el recurso de referencia tuvo origen en los siguientes antecedentes:

1.- El 29 de julio del año 2000 se sentó denuncia en sede policial señalando que a medianoche del día anterior un grupo aproximado de diez personas, todos con las caras cubiertas y encapuchados, disparando armas de fuego, ingresaron por asalto a un local denominado "Rincón Norteño" dedicado a restaurante, salas de billar y plaza de riña de gallos, ubicado en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, y allí golpearon y amedrentaron a los parroquianos obligándolos a postrarse en el suelo con las manos a la espalda, procediendo luego a despojarlos de relojes, joyas y dinero (fojas 1).

2.- Al término de la correspondiente investigación efectuada al respecto, el Ministerio Público presentó imputación formal contra seis personas, en atención a lo cual se sustanció la correspondiente causa que concluyó en la fase de primera instancia con sentencia que, dictada el 27 de enero de 2004 (fojas 997 a 999), declaró que los imputados fueron autores de los delitos que les fueron atribuidos y, por tal razón, condenó a cada uno de ellos a la pena de cinco años de reclusión.

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Criterio

que por el examen efectuado, se llegó a las siguientes conclusiones: a) El rechazo a la cuestión previa de cosa juzgada, fue absolutamente correcto con total sujeción a las normas legales que rigen la materia, por haberse basado tal pretensión en hechos que, aunque iguales a los que originaron el correspondiente proceso y cometidos por los mismos actores, tuvieron como víctimas a otras personas; b) El fallo emitido por el Tribunal de Alzada, al confirmar la sentencia de primera instancia, percibió adecuadamente que dicha sentencia se dictó en atención a una cabal apreciación de las pruebas de cargo y descargo en mérito a lo determinado por el artículo 135 del Código de Procedimiento Penal de 1972, sin haber incurrido en ninguna de las causales de nulidad descritas por el artículo 297 del mencionado Código.

Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público y Gerardo Apolinar Borda Rosado y otros
Demandado
Joel Mostajo Bardusi, Carlos Tomaylla Montañez y otros.
Proceso
Asociación delictuosa, robo y tentativa de homicidio.
Magistrado relator
Norka Natalia Mercado Guzmán

Descriptores

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Procedimiento de 1972 / Recurso de casación / Infundado
Tribunal Supremo de Justicia16 de diciembre de 2010AS/0423/2010Fuente oficial