Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 424-E Sucre 17 de abril de 2007
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES : Ministerio Público c/ Elena Lijerón Manrique y otros.
Tráfico de sustancias controladas.
(Extinción de la acción penal)
Sucre, 17 de abril de 2007
VISTOS: El recurso de casación de fojas 570 a 572, interpuesto por Elena Lijerón Manrique contra el Auto de Vista de fojas 567 y Vlta., de fecha 02 de agosto de 2003 años. Pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Respetable Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público contra la recurrente y otros, los antecedentes, requerimiento fiscal de fojas 577 a 580, y,
CONSIDERANDO: Que, tomando en cuenta los supuestos de la S. C. Nº 0101/04 de 14 de septiembre y el Auto Complementario Nº 0079/04 de 29 de septiembre que regula la Parte Final Transitoria Tercera de la Ley 1970, referidas a que deben transcurrir el tiempo de más de cinco años en la tramitación del proceso computables desde la publicación de dicha ley, y que los órganos administrativos y jurisdiccionales sean los causantes del retardo del proceso, a más de otros aspectos, para declarar la extinción de la acción penal, en cambio si la retardación se debe a los actos dilatorios de los procesados, corresponde declarar no ha lugar la extinción de la acción penal.
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