Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CIVIL
Auto Supremo: 425/2012
Sucre: 15 de noviembre de 2012
Expediente: LP-92-12-S
Partes: Alberto Plácido Schafer Gonzáles y Lily Safady de Schafer c/Ex Fabrica Soligno y Terceros Desconocidos
Proceso: Usucapión Decenal.
Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma interpuesto por Rodmy Felipe Peralta P. como apoderado de Alberto Plácido Schafer Gonzáles y Rosa Lily Safady de Schafer, impugnando el Auto de Vista No. S-33/12 de fecha 8 de febrero de 2012, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso de Usucapión Decenal seguido por Alberto Plácido Schafer Gonzáles y Rosa Lily Safady de Schafer contra Ex Fabrica Soligno y Terceros Desconocidos, y la Tercería de Dominio Excluyente formulado por apoderados de los Copropietarios de la Ex – Fabrica Soligno, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, tramitada la causa el Juez de Partido 4to. en lo Civil y Comercial de La Paz dicta Sentencia Nº 390/2006 declarando Probada la demanda de fs. 2 a 3 subsanada a fs. 23 sobre prescripción adquisitiva o usucapión extraordinaria a favor de Alberto Plácido Schafer Gonzales y Rosa Lily Safady de Schafer e Improbada la Tercería de Dominio Excluyente, disponiendo que ejecutoriada la Sentencia por ante los Registros de Derechos Reales se proceda a la inscripción del derecho propietario de los demandantes nombrados.
Recurrida la Sentencia mediante apelación por Juan Quispe Mamani y Ana María Silvestre Conde por sí en representación de los ex - Trabajadores de la Fábrica Soligno por memorial de fs. 320 a 324, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista Nº S-33/12 de fecha 8 de febrero de 2012 cursante a fojas 436 y vlta., Anula obrados hasta el Auto de admisión de demanda de fecha 29 de octubre de 2004, de fs. 23 vlta.
Resolución que dio lugar al recurso de casación interpuesto Alberto Plácido Schafer Gonzales y Rosa Lily Safady de Schafer por intermedio de su apoderado
Rodmy Felipe Peralta P., que se analiza.
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Como antecedentes manifiesta que el Auto de Vista recurrido en sus fundamentos, dice que la demanda debería indicar quien es el representante legal de la ex fabrica Soligno y no haber estado solo dirigida contra la Ex – Fabrica Soligno y terceros desconocidos, que sería incorrecta esta apreciación ya que hace años habría dejado de funcionar y no tendría un representante legal contra el que se debía iniciar o incoar alguna acción legal, que si demandaron así es que no estaban seguros de que el predio que habitaban los pertenecía a ellos o a algún tercer desconocido.
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