Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 425/2019-RA
Fecha: 30 de abril de 2019
Expediente: SC-45-19-S
Partes: Sandra Patiño Céspedes c/ Sandra Quispe López.
Proceso: Resolución de contrato.
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 88 a 91, presentado por Sandra Quispe López impugnando el Auto de Vista Nº 167/2018 de 27 de septiembre cursante de fs. 80 a 81, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica Publica Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso ordinario de resolución de contrato, interpuesto por Sandra Patiño Céspedes contra la recurrente, Auto de concesión de 27 de marzo de 2019 de fs. 98; todo lo inherente; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Sandra Patiño Céspedes demandó a Sandra Quispe López, acción ordinaria de resolución de contrato. Tramitado así el proceso hasta dictar Sentencia Nº 274/2017 de 17 de noviembre de fs. 58 a 61 vta., que declaró Probada la demanda principal e Improbada la demanda reconvencional.
2. La parte demandada, impugnó dicha resolución mediante recurso de apelación cursante de fs. 62 a 65 vta., que fue resuelto por Auto de Vista Nº 167/2018 pronunciado el 27 de septiembre, cursante de fs. 80 a 81, que en su parte dispositiva Confirmó totalmente la Sentencia impugnada.
3. Notificada la parte demandada el 22 de febrero del 2019 presentó recurso de casación de fs. 88 a 91 el 12 de marzo del año que transcurre, conforme timbre electrónico cursante a fs. 88.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
En el marco de lo preceptuado por el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida sino también su legalidad; empero, no se debe dejar de lado el hecho de que este principio, en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que, al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, deben ser analizados ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico haciendo una interpretación integral de los arts. 271 al 274 del Código Procesal Civil, concluyéndose que los requisitos a ser analizados son que la resolución admita recurso de casación, el plazo de interposición del recurso, la legitimación procesal para impugnar y el contenido o expresión de reclamos en el recurso de casación.
II. 1. De la resolución impugnada. Análisis de impugnabilidad
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