Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 428/2014
Sucre: 05 de agosto 2014
Expediente: LP-56-14-S
Partes: Mario Copeticon Herrera y Máxima Alcon Alanoca. c/ Roberto Canaza
Calle y Clementina Lucy Ajata de Canaza.
Proceso: Fraude procesal.
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo, interpuesto por Mario Copeticon Herrera y Máxima Alcon Alanoca, cursante de fs. 280 a 282 vta., contra el Auto de Vista N° 08/2014 de 8 de enero de 2014 de fs. 276 y vta. de obrados, emitida por la Sala Civil y Comercial Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso ordinario de Fraude procesal interpuesto por Mario Copeticon Herrera y Máxima Alcon Alanoca contra Roberto Canaza Calle y Clementina Lucy Ajata de Canaza, concesión de fs. 288, los antecedentes procesales; y,
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, el Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial de El Alto – La Paz, mediante Sentencia Nº 241/2013 de 04 de Septiembre de 2013, declaró IMPROBADA la demanda de fs. 82 a 85, 129 a 132 y 134 a 137 planteada por Mario Copeticon Herrera y Máxima Alcon Alanoca contra Roberto Canaza Calle y Clementina Lucy Ajata de Canaza, sobre fraude procesal, con costas.
Deducida la apelación por los demandantes, ésta fue remitida ante Tribunal de Segunda Instancia como es la Sala Civil Tercera en lo Civil y Comercial del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que mediante Auto de Vista N° 08/2014 de 8 de enero de 2014 confirmó la Sentencia apelada.
Ante la determinación adoptada por el Ad quem, los demandantes interpusieron recurso de casación en el fondo, conforme consta de fs. 280 a 282 vta., mismo que se pasa a considerar.
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
En la forma.-
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