Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0431/2021-RA.

Tribunal Supremo de Justicia
18 de mayo de 2021Civil
Proceso
Usucapión decenal.
Sala
Civil
Año
2021

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo 431/2021-RA

Fecha: 18 de mayo de 2021

Expediente: SC-38-21-S

Partes: María Russel Justiniano Beck c/ Ovidio Arteaga Lara.

Proceso: Usucapión decenal.

Distrito: Santa Cruz.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 816 a 821 vta., interpuesto por María Russel Justiniano Beck, contra el Auto de Vista N° 10/21 de 28 de enero de fs. 810 a 813 pronunciado por la Sala Segunda Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso ordinario de usucapión decenal seguido por la recurrente contra Ovidio Arteaga Lara; las contestaciones de fs. 835 a 837 vta. y 839 a 840; el Auto de concesión de 22 de abril de 2021, cursante a fs. 838 y vta.; todo lo inherente; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. María Russel Justiniano Beck, mediante escrito a fs. 8 y vta., aclarado a fs. 43, 44 y 55, inició proceso ordinario de usucapión decenal contra Ovidio Arteaga Lara, quien una vez citado y ante su incomparecencia fue declarado rebelde, tramitado de esa manera el proceso, en la que el Juez Público Civil y Comercial 6° de Santa Cruz de la Sierra pronunció la Sentencia N° 21/2018 de 02 de julio cursante de fs. 525 a 529, declarando PROBADA la demanda principal.

2. Contra la determinación de primera instancia, la Empresa Nacional de Ferrocarriles Red Oriental representado legalmente por Beymar Escalier apeló a la sentencia mediante escrito de fs. 569 a 570 vta., dando lugar a la emisión del Auto de Vista N°10/21 de 28 de enero, cursante de fs. 810 a 813, que ANULÓ obrados hasta fs. 52.

3. Notificadas las partes, María Russel Justiniano Beck presentó recurso de casación de fs. 816 a 821 vta., que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II.

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

En el marco de lo preceptuado por el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida sino también su legalidad; empero, no se debe dejar de lado el hecho de que este principio, en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que, al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, deben ser analizados ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico haciendo una interpretación integral de los arts. 271 al 274 del Código Procesal Civil, concluyéndose que los requisitos a ser analizados son que la resolución admita recurso de casación, el plazo de interposición del recurso, la legitimación procesal para impugnar y el contenido o expresión de reclamos en el recurso de casación.

Mostrando 17 de 33 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
María Russel Justiniano Beck.
Demandado
Ovidio Arteaga Lara.
Proceso
Usucapión decenal.
Tribunal Supremo de Justicia18 de mayo de 2021AS/0431/2021-RA.Fuente oficial