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TSJ

AS/0433/2020-RA

Tribunal Supremo de Justicia
7 de octubre de 2020Civil
Proceso
Nulidad de transferencia y resarcimiento por hecho ilícito.
Sala
Civil
Año
2020

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A   C I V I L

Auto Supremo: 433/2020-RA.

Fecha: 07 de octubre de 2020

Expediente: SC-53-20-S.

Partes: Pura Mendoza Zarco de Ortiz representada por Víctor Hugo Aliaga c/ Eduardo Apaza Tecollano y Esther Carrasco Benavides.

Proceso: Nulidad de transferencia y resarcimiento por hecho ilícito.

Distrito: Santa Cruz.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 998 a 1014, presentado por Pura Mendoza Zarco de Ortiz representada legalmente por Víctor Hugo Aliaga en representación de impugnando el Auto de Vista N° 34/2020 de 28 de julio, cursante de fs. 795 a 798, pronunciado por la Sala Segunda Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso ordinario sobre nulidad de transferencia y resarcimiento por hecho ilícito, seguido por la recurrente contra Eduardo Apaza Tecollano y Esther Carrasco Benavides; la contestación de fs. 1020 a 1023 vta.; el Auto de concesión de 22 de septiembre de 2020, cursante a fs. 1024; todo lo inherente; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Pura Mendoza Zarco de Ortiz representada por Víctor Hugo Aliaga, interpuso demanda de nulidad de transferencia y resarcimiento por hecho ilícito mediante memorial de fs. 113 a 121, de obrados, contra Eduardo Apaza Tecollano y Esther Carrasco Benavides, quienes una vez citados, por memorial de fs. 138 a 144 vta., respondieron negativamente y plantearon excepción de falta de legitimación activa; desarrollándose el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 164/2019 de 15 de octubre, cursante de fs. 761 vta., a 768, donde el Juez Público Civil y Comercial 30° de la ciudad de Santa Cruz, declaró PROBADA la demanda en cuanto a la nulidad de la transferencia e IMPROBADA en cuanto al resarcimiento por hecho ilícito; declarando NULO el documento de 06 de septiembre de 2017, suscrito entre Pura Mendoza Zarco de Ortiz como vendedora y apoderada de Susana Zarcos Vda. de Mendoza, y Eduardo Apaza Tecollano y Esther Carrasco Benavides como compradores.

2. Resolución que fue apelada por Eduardo Apaza Tecollano y Esther Carrasco Benavides por memorial cursante de fs. 769 a 773 vta.; a cuyo efecto la Sala Segunda Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista N° 34/2020 de 28 de julio, cursante de fs. 795 a 798, ANULANDO obrados hasta la admisión de la demanda de 25 de enero de 2019.

3. Decisorio de segunda instancia recurrido en casación en el fondo y la forma por Pura Mendoza Zarco de Ortiz mediante su representante Víctor Hugo Aliaga por escrito cursante de fs. 998 a 1014, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

En el marco de lo preceptuado en el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida sino también la legalidad de ésta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho para su viabilidad y procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos en nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y ante la vigencia plena de la Ley Nº 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación, considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 y los requisitos establecidos en los art. 271, 272, 273 y 274 de la mencionada ley.

1. De la resolución impugnada.

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Datos del proceso

Demandante
Pura Mendoza Zarco de Ortiz representada por Víctor Hugo Aliaga
Demandado
Eduardo Apaza Tecollano y Esther Carrasco Benavides.
Proceso
Nulidad de transferencia y resarcimiento por hecho ilícito.
Tribunal Supremo de Justicia7 de octubre de 2020AS/0433/2020-RAFuente oficial