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TSJ

AS/0435/2022-RA

Tribunal Supremo de Justicia
24 de junio de 2022Civil
Proceso
Usucapión
Sala
Civil
Año
2022

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 435/2022-RA

Fecha: 24 de junio de 2022

Expediente: CB-22-22-S.

Partes: Fanny Zambrana Olmos heredera de Benedicta Olmos c/ María Victoria Guzmán de Arancibia.

Proceso: Usucapión.

Distrito: Cochabamba.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 574 a 577, interpuesto por Fanny Zambrana Olmos en su condición de heredera de Benedicta Olmos, impugnando el Auto de Vista de 05 de abril de 2021, cursante de fs. 471 a 473 vta., emitido por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro el proceso ordinario de usucapión seguido por la recurrente contra María Victoria Guzmán de Arancibia; la contestación al recurso de casación de fs. 580 y vta.; el Auto de concesión de 17 de mayo de 2022 a fs. 582, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Benedicta Olmos, por memoriales de fs. 6 y vta., subsanado por memorial de fs. 42 a 43 y a fs. 61, planteó demanda ordinaria de usucapión en contra de María Victoria Guzmán de Arancibia; previa citación la demandada se apersonó y planteó excepción previa de litispendencia por escrito de fs. 290 a 291, contestó negativamente y opuso excepciones perentorias según memorial de fs. 303 a 304 vta.; ante la vigencia plena del Código Procesal Civil, se emitió el proveído de 22 de julio de 2016, disponiendo la regularización del proceso, a este efecto se convocó a audiencia preliminar en la que se desestimó la excepción previa de litispendencia, y señalando audiencia complementaria, a su conclusión la Juez Público Civil y Comercial Nº 1 de Sacaba del departamento de Cochabamba dictó la Sentencia N° 439/2018 de 20 de marzo, saliente de fs. 445 a 450, que declaró IMPROBADA la demanda, con costas y costos.

2. Resolución de primera instancia que fue apelada por Fanny Zambrana Olmos en su condición de heredera de Benedicta Olmos, por memorial de fs. 455 a 456 vta., y en su mérito la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, pronunció el Auto de Vista de 05 de abril de 2021, cursante de fs. 471 a 473 vta., que CONFIRMÓ la Sentencia impugnada con costas y costos.

3. Notificada con el Auto de Vista, Fanny Zambrana Olmos planteó recurso de casación de fs. 574 a 577, que es objeto de examen para su admisión.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

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Datos del proceso

Demandante
Fanny Zambrana Olmos heredera de Benedicta Olmos
Demandado
María Victoria Guzmán de Arancibia.
Proceso
Usucapión
Tribunal Supremo de Justicia24 de junio de 2022AS/0435/2022-RAFuente oficial