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TSJ

AS/0436/2013

Tribunal Supremo de Justicia
30 de agosto de 2013Civil LiquidadoraMag. Javier Medardo Serrano Llanos
Proceso
Nulidad De Cédula De Identidad Y Otros
Sala
Civil Liquidadora
Año
2013

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Texto del fallo

SALA CIVIL LIQUIDADORA

Auto Supremo: Nº 436

Sucre: 30 de agosto de 2013

Expediente: SC – 81 – 08 – S

Proceso: Nulidad De Cédula De Identidad Y Otros

Partes: Gines Arles y otra c/ Bladimir Montaño Valverde y otra

Distrito: Santa Cruz

Magistrado Relator: Dr. Javier Medardo Serrano Llanos

VISTOS: el recurso de casación en el fondo interpuesto por Gines Arles y Teresa Espinoza Espinoza de fojas 551 a 553, contra el Auto de Vista Nº 343 de 18 de agosto de 2007 pronunciado por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el proceso sobre nulidad de cédula de identidad y otros, seguido por las recurrentes contra Bladimir Montaño Valverde y Norma La Fuente Montaño, la respuesta de fojas 554 a 555, los antecedentes procesales; y,

CONSIDERANDO: que, el Juez Séptimo de Partido en materia Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz pronunció la Sentencia Nº 16 de 27 de enero de 2007 (fojas 523 a 527 vuelta), declarando improbada la demanda e improbada la reconvención, sin costas.

Deducida la apelación por las demandantes, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz mediante Auto de Vista Nº 343 de 18 de agosto de 2007 (fojas 548 a 549), confirma la sentencia apelada, con costas.

CONSIDERANDO: que, las demandantes Gines Arles y Teresa Espinoza Espinoza representados por Getulio Herman Fries Parada en su recurso de casación en el fondo de 26 de septiembre de 2007 (fojas 551 a 553), acusa que el tribunal de alzada no analizó las pruebas, no habiendo aplicado el artículo 236 del Código de Procedimiento Civil; demostraron que la cédula de identidad de Blanca Montaño Vda. De Valverde con C.I.Nº 384558 L.P. se obtuvo en base a un certificado de bautismo falso, no habiéndose considerado el artículo 1537 del Código Civil, por lo que el tribunal de alzada no podía basarse en el artículo 1534, violentando los artículos 553 y 1287, todos del referido sustantivo civil; demostraron documentalmente la nulidad de los documentos impugnados en apego al artículo 549 del Código Civil, vulnerando la producción de la prueba establecida en los artículos 373, 374, 375 y 380 del Código de Procedimiento Civil; el argumento de que la tramitación de la cedula de identidad es personal, es desconocimiento de las normas; los documentos a nombre de Blanca Montaño Espinoza fueron obtenidos en base a un certificado falso; se olvido la procedencia y el nacimiento de los documentos; cumplieron con la carga probatoria; los fundamentos de su apelación no fueron valorados conforme el artículo 236 del Código de Procedimiento Civil.

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Datos del proceso

Demandante
Gines Arles y otra
Demandado
Bladimir Montaño Valverde y otra
Proceso
Nulidad De Cédula De Identidad Y Otros
Magistrado relator
Javier Medardo Serrano Llanos
Tribunal Supremo de Justicia30 de agosto de 2013AS/0436/2013Fuente oficial