Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 438/2018-RA
Sucre: 01 de junio de 2018
Expediente: LP-54-18-S
Partes: Julio Jorge Eugenio Quevedo Zuñiga. c/ Caja de Salud de la Banca Privada y otro.
Proceso: Resarcimiento de daños y perjuicios.
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 1174 a 1178., interpuesto por la Caja de Salud de la Banca Privada a través de su representante legal, Juan Carlos Capra Guerrero contra el Auto de Vista Nº S - 498/2017 de 24 de noviembre, cursante de fs. 1155 a 1157 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso de resarcimiento de daños y perjuicios, seguido por Julio Jorge Eugenio Quevedo Zuñiga contra la entidad recurrente y otro, la concesión de fs. 1188 y todo lo inherente:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Julio Jorge Eugenio Quevedo Zuñiga con memorial cursante de fs. 181 a 186 vta., subsanado a fs. 226, interpuso demanda de resarcimiento de daños y perjuicios, que una vez tramitada, concluyó en primera instancia con la Sentencia Nº 226/2016 de 3 de mayo, cursante de fs. 1108 a 1113 vta., emitida por el Juez Público Civil y Comercial Cuarto de la ciudad de La Paz, que declaró PROBADA la demanda.
2. Fallo de primera instancia que recurrido en apelación por la parte demandada, mereció el Auto de Vista Nº S - 498/2017 de 24 de noviembre, CONFIRMATORIO de la Sentencia apelada.
3. Resolución que recurrida en casación por la Caja de Salud de la Banca Privada, a través de su representante legal, Juan Carlos Capra Guerrero (fs. 1174 a 1178), es objeto de análisis de la presente resolución en relación a los requisitos de admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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