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TSJReiteradora

AS/0438/2018

Tribunal Supremo de Justicia
17 de agosto de 2018Social 1eraMag. Maria Cristina Diaz Sosa

Derecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Derechos laborales / Subsidio de frontera / Condición exigible para su pago

Señala la recurrente que la relación que existía con la entidad demandada, proviene de un contrato administrativo de prestación de servicios personales, de acuerdo al art. 6 de la Ley 2027 Estatuto del Funcionario Público, no corresponde el pago de Subsidio de Frontera; tomando en cuenta además, el ...

Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/LABORAL
Sala
Social 1era
Año
2018

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 438

Sucre, 17 de agosto de 2018

DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES

Expediente: 209/2017

Demandante: Liliana Saucedo Rivero

Demandado: Gobierno Autónomo Departamental de Pando

Materia: Laboral

Distrito: Pando

Magistrada Relatora: Dra. María Cristina Díaz Sosa

VISTOS

El Gobierno Autónomo Departamental de Pando, a través de Gunar David Zeballo Buezo y Guillermo Daher Balcazar, en su condición de apoderados del representante legal Adolfo Flores Roberts, Gobernador del Departamento de Pando, interpone recurso de casación, contra el Auto de Vista 111 de 4 de abril de 2017, cursante de fs. 37 a 39, dictado por la Sala Civil, Familiar, Social, de la Niña Niño y Adolescente del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro el proceso Laboral seguido por Liliana Saucedo Rivero contra la institución demandada, el Auto que concede el recurso de fs. 48 vta., el Auto Supremo de admisión 209-A de 2 de junio de 2017, antecedentes del proceso; y:

I. ANTECEDENTES PROCESALES

Sentencia

La demanda laboral incoada por Liliana Saucedo Rivero contra la Gobernación de Pando, mereció la Sentencia 63/2017 de 6 de febrero, cursante de fs. 20 a 21 de obrados, dictada por el Juez del Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, que declara probada la demanda de fs. 5 de obrados.

Auto de Vista.

En apelación interpuesta por la institución demandada, la Sala Civil, Familiar, Social, de la Niña Niño Adolescente del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, por Auto de Vista 111 de 4 de abril de 2017, cursante de fs. 37 a 39, confirma la sentencia apelada.

II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

El Auto de Vista, motivó que, la Gobernación de Pando formule recurso de casación, cursante de fs. 42 a 45 de obrados, expresando lo siguiente:

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Máxima

SUBSIDIO DE FRONTERA/Este derecho adquirido, no hace distinción respecto a la condición del trabajador, el subsidio de frontera conforme se consideró precedentemente es un derecho adquirido por la prestación de trabajo dentro de los cincuenta kilómetros lineales de las fronteras internacionales, sin discriminación de condición, status, situación o clase de trabajador, así este sea eventual, permanente, servidor público, particular.

Datos del proceso

Demandante
Liliana Saucedo Rivero
Demandado
Gobierno Autónomo Departamental de Pando
Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/LABORAL
Magistrado relator
Maria Cristina Diaz Sosa

Precedente

Artículo 12 del Decreto Supremo 21137 Artículo 58 del Decreto Supremo 21060

Tribunal Supremo de Justicia17 de agosto de 2018AS/0438/2018Fuente oficial