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TSJ

AS/0441/2021-RA.

Tribunal Supremo de Justicia
21 de mayo de 2021Civil
Proceso
Usucapión decenal.
Sala
Civil
Año
2021

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo 441/2021-RA

Fecha: 21 de mayo de 2021

Expediente: SC-41-21-S

Partes: María Reinales Flores y Wilfredo Rosado Reinales c/ Herederos de Benigna Calvimontes Sánchez.

Proceso: Usucapión decenal.

Distrito: Santa Cruz.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 392 a 395, interpuesto por María Reinales Flores y Wilfredo Rosado Reinales, contra el Auto de Vista N° 206/2020 de 26 de noviembre, cursante de fs. 382 a 385, emitido por la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Doméstica y Pública Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso ordinario de usucapión decenal, seguido por los recurrentes contra los herederos de Benigna Calvimontes Sánchez; la contestación de fs. 402 a 404; el Auto de concesión de 22 de abril de 2021, cursante a fs. 405, todo lo inherente; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. María Reinales Flores y Wilfredo Rosado Reinales, mediante escrito de fs. 70 a 73, subsanado de fs. 78 a 80, y fs. 111, demandaron usucapión decenal contra Marisol, Willy y Alfredo Flores Calvimontes, Rene Calvimontes Calvimontes, María Eugenia Tejerina Calvimontes, Teófilo Raúl y Elizabeth ambos Calvimontes, en calidad de herederos de Benigna Calvimontes, quien una vez citados, contestó negativamente la demanda María Eugenia Tejerina Calvimontes, cursante de fs. 162 a 165, tramitado así el proceso, en la que el Juez Público Civil y Comercial N° 1 de la ciudad de Camiri-Santa Cruz pronunció Sentencia N° 4 de 23 de enero 2020, cursante de fs. 320 a 327 vta., que declaró PROBADA la demanda de usucapión.

2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por María Eugenia Tejerina Calvimontes y Pastor Santelices Viruez en su calidad de defensor de oficio por escritos de fs. 340 a 347 y 348 a 353 vta., originó que la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Doméstica y Pública Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz emita el Auto de Vista N° 206/2020 de 26 de noviembre, cursante de fs. 382 a 385, ANULANDO obrados hasta fs. 112.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por María Reinales Flores y Wilfredo Rosado Reinales según memorial de fs. 392 a 395, que es objeto de análisis para su admisión.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

En el marco de lo preceptuado por el art. 180. II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida sino también su legalidad; empero, no se debe dejar de lado el hecho de que este principio, en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que, al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, deben ser analizados ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico haciendo una interpretación integral de los arts. 271 al 274 del Código Procesal Civil, concluyéndose que los requisitos a ser analizados son que la resolución admita recurso de casación, el plazo de interposición del recurso, la legitimación procesal para impugnar y el contenido o expresión de reclamos en el recurso de casación.

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Datos del proceso

Demandante
María Reinales Flores y Wilfredo Rosado Reinales.
Demandado
Herederos de Benigna Calvimontes Sánchez.
Proceso
Usucapión decenal.
Tribunal Supremo de Justicia21 de mayo de 2021AS/0441/2021-RA.Fuente oficial