Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
Expediente Nº 622/04
AUTO SUPREMO Nº 442 - Social Sucre, 18 de septiembre de 2008.
DISTRITO: Tarija
PARTES: Valerio Jaime Montaño c/ SEDECA - Tarija
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VISTOS: El recurso de casación de Fs. 124 interpuesto por Abel Vaca Saracho y Oriel Jaramillo Fernández, como apoderados legales de Valerio Jaime Montaño, del Auto de Vista de Fs. 121-122 dictado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Tarija, en el proceso laboral sobre reconocimiento y pago de reintegro de bono de antigüedad, seguido por el recurrente con el Servicio Departamental de Caminos, Sedeca, dependiente de la Prefectura del Departamento de Tarija; sus antecedentes, lo alegado por las partes, el Dictamen Fiscal de Fs. 129-130, y
CONSIDERANDO I: Que, la Juez Segunda del Trabajo y Seguridad Social de Tarija, en conocimiento del proceso, emitió la Sentencia de Fs. 72-73 por la que declara improbada la demanda de Fs. 23-24 y probada la excepción de prescripción opuesta por la Prefectura demandada a Fs. 44-45; con costas.
Apelada esta sentencia a Fs. 108 por los apoderados legales del actor, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de ese Distrito, en alzada, por Auto de Vista de Fs. 121-122, la confirma totalmente la indicada resolución.
Resolución de la que, como se tiene referido, los apoderados legales del actor interponen el recurso de casación, que se pasa a examinar.
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