Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 444/2018
Sucre, 28 de noviembre de 2018
Expediente: SC-CA.SAII-LP. 307/2017
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
VISTOS:
Los recursos de casación, en el fondo y en la forma de fojas 246 a 248 vlta., interpuesto por el demandado Ignacio Julio Lavadenz Nuñez; y en la forma, interpuesto por Saturnino Cochi Ramos de fs. 252 a 254 vlta., dentro del proceso social de pago de beneficios sociales seguido por Saturnino Cochi Ramos, contra Ignacio Julio Lavadenz Nuñez, el Auto Nº 23/2017 de 25 de enero de 2017 que concedió los recursos, el Auto Supremo N° 307/2017-A de 20 de julio, que admitió los recursos, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I:
I.- Antecedentes del proceso.
I.1.- Sentencia.
Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió la Sentencia Nº 260/2014 de 31 de octubre de 2014 (fojas 211 a 215), declarando PROBADA EN PARTE la demanda de beneficios sociales de fojas 16 y vlta., subsanada mediante memoriales de fs. 19 y 21 de obrados, debiendo cancelar la parte demandada, los siguientes montos y conceptos:
Tiempo de servicios: 1 año, 9 meses y 13 días
Sueldo promedio indemnizable: Bs. 2.640.
INDEMNIZACION Bs. 4.715,33.
DESHAUCIO Bs. 7.920,00.
AGUINALDO (duodécimas 2012) Bs. 2.398,00.
VACACION (1 gestión y duodécimas) Bs. 990,00.
SUELDO DEVENGADO Bs. 600,00.
TOTAL Bs. 16.623,33.
Más el 30% por multa Bs. 4.961,99.
TOTAL A PAGAR Bs. 21.610,32
I.2.- Auto de Vista.
Deducido recurso de apelación, la Sala social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista Nº 133/2016 de 15 de agosto de 2016 (fojas 240 a 241), CONFIRMA EN PARTE la Sentencia Nº 122/2016, bajo los siguientes conceptos y montos:
Tiempo de servicios: 1 año, 9 meses y 13 días
Sueldo promedio indemnizable: Bs. 2.400.
INDEMNIZACION Bs. 4.286,66.
DESHAUCIO Bs. 7.200,00.
AGUINALDO (duodécimas 2012) Bs. 2.180,00.
VACACION (1 gestión y duodécimas) Bs. 560,00.
SUELDO DEVENGADO Bs. 600,00.
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