Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 445/2023
Sucre, 08 de noviembre de 2023
DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES
Expediente : 530/2023
Demandante : Empresa Minera Segovia SRL
Demandado : Gerencia Distrital de Potosí del Servicio ..de Impuestos Nacionales
Proceso : Contencioso Tributario
Distrito : Potosí
Relator :Mgdo. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS: El recurso de nulidad o casación de fs. 621 a 627 y vta., interpuesto por Zenobio Vilamani Atanacio, en representación legal de la Gerencia Distrital Potosí del Servicio de Impuestos Nacionales, contra el Auto de Vista Nº 073/2023 de 10 de agosto de 2023, cursante de fs. 1615 a 1617, pronunciado por la Sala Contencioso, Contencioso Administrativa, Social y Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso contencioso tributario seguido por la Empresa Minera Segovia SRL., contra la entidad recurrente, la respuesta de fs. 1632 a 1639 vta., el Auto de fs. 1640 vta., que concedió el recurso, el Auto N° 530/2023-A de 25 de septiembre de fs. 1648 y vta., que admitió la casación, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia
Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez Segundo de Partido en Materia Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, emitió la Sentencia Nº 002/2023 de 23 de febrero, cursante de fs. 1525 a 1545, declarando probada la excepción perentoria de plazos vencidos e improbada la demanda, en consecuencia, la ejecutoria de la Resolución Determinativa Nº 17850000740 de 31 de julio de 2018 de fs. 1304 a 1358 de obrados y las emergencias procesales que de ella derivan.
I.1.2 Auto de Vista
En grado de apelación deducida por la parte demandante, cursante de fs. 1615 a 1617 vta., la Sala Contencioso Tributaria y Contencioso Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista N° 073/2023 de 10 de agosto, cursante de fs. 1615 a 1617 vta., anuló la Sentencia apelada, disponiendo que el Juez A quo, emita nuevo fallo en el que atienda la excepción de plazo vencido, conforme a los lineamientos del Auto de Vista impugnado.
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