Texto del fallo
SALA CIVIL LIQUIDADORA
Auto Supremo: Nº 447
Sucre: 13 de septiembre de 2013
Expediente: LP – 133 – 10 – S
Proceso: División y partición de bienes y otro.
Partes: Eva Albertina Chalco c/ Jaime Chalco Blanco y otros.
Distrito: La Paz
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VISTOS: El memorial de desistimiento del recurso de casación presentado por Lidia Graciela Chalco Blanco y Jaime Chalco Blanco por sí y como apoderado de José Luis Chalco Blanco y Abel Chalco Guaygua, dentro del proceso ordinario de división y partición de bienes hereditarios y rendición de cuentas seguido por Eva Albertina Chalco Blanco contra los recurrentes; los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO: Que, mediante memorial de fojas 539, Lidia Graciela Chalco Blanco y Jaime Chalco Blanco por sí y como apoderado de José Luis Chalco Blanco y Abel Chalco Guaygua, manifiestan que al haber llegado a un acuerdo conciliatorio con la parte demandante, desisten del recurso de casación.
Asimismo el desistimiento según Eduardo E. Couture en su Vocabulario Jurídico es "la renuncia de la facultad para llevar adelante una instancia promovida mediante recurso" y sostiene que el desistimiento tiene tres acepciones a saber:
1.- Renuncia o abdicación del derecho material invocado en un proceso.
2.- Renuncia o abdicación de la facultad de llevar adelante una instancia promovida mediante recurso.
3.- Renuncia o abdicación del derecho a realizar un acto jurídico".
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