Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
Auto Supremo N° 451-1
Sucre, 26 de agosto de 2019
Expediente: 465/2017
Demandante: Orlando Pena Maldonado
Demandado: Empresa Super Sur Fidalga S.R.L.
Proceso: Cobro de beneficios sociales.
Distrito: Santa Cruz.
Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 387 a 388, interpuesto por Marfa Raquel Arauz Somoza, en representación de la empresa Super Fidalga S.R.L., contra el Auto de Vista N° 64 de 25 de abril de 2019, cursante de fs. 383 a 384, emitido por la Sala en Materia del trabajo y Seguridad Social Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso social de pago de beneficios sociales, seguido por Orlando Pena Maldonado, contra la empresa recurrente, la contestaci6n de fs. 396 a 399, el Auto N° 56/19 de 2 de julio (fs. 400), que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
1.- CONSIDERACIONES LEGALES:
En la materia, es aplicable el Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975 (CPC- 1975), elevado a rango de Ley N° 1760 de 28 de febrero de 1997, en mérito a la facultad remisiva contenida en el art. 252 del C6digo Procesal del Trabajo (CPT), que dispone: "Los aspectos no previstos en la presente ley, se regirán excepcionalmente por las disposiciones de la Ley de Organización Judicial y del Procedimiento Civil y siempre que no signifiquen violación de los principios generales del Derecho Procesal Laboral".
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