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TSJ

AS/0454/2006

Tribunal Supremo de Justicia
30 de octubre de 2006Penal IIMag. Beatriz Sandoval
Proceso
Sala
Penal II
Año
2006

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Texto del fallo

SALA PENAL SEGUNDA

AUTO SUPREMO: No. 454 Sucre, 30 de octubre de 2006

DISTRITO: Cochabamba

PARTES: Ministerio Público c/ Edgar R. Escobar Escobar

Asesinato

RELATORA: MINISTRA DRA. BEATRIZ SANDOVAL

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VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Edgar R. Escobar Escobar, cursante de fojas 328 a 329 impugnando el Auto de Vista de fecha 19 de mayo de 2003, dictado por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, cursante de fojas 326 a 327, dentro del proceso penal seguido de oficio por el Ministerio Público contra el recurrente por el delito de asesinato (artículo 252 numerales, 1), 2) y 3) del Código Penal), sus antecedentes, las leyes invocadas como infringidas, y:

CONSIDERANDO: que la sentencia pronunciada, por el Juez de Partido de Sacaba del Departamento de Cochabamba, (fojas 305 a 309) declara al recurrente autor del delito de asesinato en las personas de Rosalía Condori Mamani, Maribel, Gastón, Jesús y Miguel Ángel Quispe Condori, previsto y sancionado por el artículo 252 inciso 1), 2), y 3) del Código Penal, condenándolo a la pena de 30 años de presidio sin derecho a indulto, a cumplir en la cárcel del "Abra" de esa ciudad.

Que el recurrente apela de esta resolución, la misma que es resuelta por Auto de Vista de fecha 19 de mayo de 2003, dictado por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, cursante de fojas 326 a 327, CONFIRMANDO en todas sus partes, la resolución del Tribunal inferior.

CONSIDERANDO: que el imputado recurre de nulidad y casación contra el Auto de Vista con el siguiente fundamento:

1.- Que, el Juez de Sentencia para dictar el fallo se basó en su "declaración confesoria" y en los certificados de levantamientos de cadáveres, los cuales a criterio suyo son simples indicios y que los mismos no fueron corroborados con otras pruebas.

2.- Que los crímenes no pudieron ser realizados por una sola persona, más aún cuando se llevó a cabo en un lugar concurrido como es el rió "Chinahuaca" de la localidad de Shinahota.

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Edgar R. Escobar Escobar
Magistrado relator
Beatriz Sandoval
Tribunal Supremo de Justicia30 de octubre de 2006AS/0454/2006Fuente oficial