Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo 457/2018
Sucre, 7 de diciembre de 2018
Expediente: SC-CA.SAII-SCZ. 469/2017
Distrito: Santa Cruz
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 86 a 88, interpuesto por Olga Durán Uribe y Verónica Ardaya Miranda, en representación de Juan Edwin Mercado Claros, Director General Ejecutivo del Servicio Nacional del Sistema de Reparto-SENASIR, contra el Auto de Vista Nº 176 de 28 de julio de 2017, cursante de fs. 83 y vta., pronunciado por la Sala Social Contencioso Tributaria y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del recurso de reclamación instaurado por Javier Jovino Vásquez Loayza, contra el SENASIR, la respuesta de fs. 95 y vta., el auto de fs. 96 que concedió el recurso, el Auto N° 469/2017-A de 11 de octubre de fs. 105 y vta., que declaró admisible la casación; los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes del proceso
I.1.1. Resolución de la Comisión de Prestaciones del SENASIR.
Que dentro del recurso de reclamación interpuesto por el solicitante, la Comisión de Prestaciones del SENASIR, mediante Resolución Nº 0000135 de 11 de enero de 2017 de fs. 38, resolvió desestimar la solicitud de compensación de cotizaciones del solicitante.
Ante esta determinación, el asegurado interpuso recurso de reclamación cursante a fs. 42 a 43, resuelto por la Comisión de Reclamación de Rentas del SENASIR, mediante Resolución Nº 120/17 de 3 de marzo de 2014 de fs. 54 a 57, confirmando la Resolución Nº 0000135 de 11 de enero de 2017 de fs. 38 de obrados.
I.1.3. Auto de Vista:
En grado de apelación interpuesta por el asegurado de fs. 65 y vta., por Auto de Vista Nº 176 de 28 de julio de 2017 de fs. 83 vta., la Sala Social, Contencioso Tributario y Contencioso Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, revocó la Resolución Nº 0256 de 30 de mayo de 2008 (que en realidad, de acuerdo a los datos del proceso corresponde a la Resolución Nº 120/17 de 3 de marzo de 2014 de fs. 54 a 57), disponiendo que el SENASIR, proceda al recálculo de los aportes realizados en el sistema de reparto.
I.2. Motivos del recurso de casación.
Este fallo originó que las representantes del SENASIR, formulen recurso de casación en la forma de fs. 86 a 89, manifestando en síntesis:
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