Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 458-E Sucre 11 de octubre de 2006
DISTRITO: Cochabamba
PARTES : Ministerio Público c/ Mario Jiménez Amurrio.
Transporte de sustancias controladas.
(Extinción de la acción penal)
VISTOS: la solicitud de extinción de la acción penal presentada por el procesado Mario Jiménez Amurrio de fojas 107 a 108 vlta., y anteriormente a fojas 101 remitido de oficio en VISTA FISCAL con el mismo objeto por este Tribunal, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente por el delito de transporte de sustancias controladas, previsto en la sanción del Art. 55 de la Ley Nº 1008, los antecedentes del proceso, el requerimiento fiscal de fojas 103 a 104, y
CONSIDERANDO: que, de acuerdo a los fundamentos de la Sentencia Constitucional Nro. 0101 de 14 de septiembre de 2004 y el Auto Constitucional Complementario Nº 0079/2004 de 29 del mismo mes y año, corresponde hacer un análisis en términos objetivos y verificables sobre los orígenes y motivos de la dilación del proceso, es de esta manera que de una revisión exhaustiva de obrados se tiene que, a fojas 61 se suspende la audiencia de apertura del debate por inasistencia de la abogada del procesado, a fojas 77 apela de la sentencia, asimismo no fundamentó la apelación pese a la conminatoria de fojas 81 y 82 en noviembre de 2002 y cumple la conminatoria en diciembre del mismo año, además a fojas 80 y vlta., recurre de casación, estando ampliamente probado de que el procesado Mario Jiménez Amurrio fue detenido transportando en sus manos una bolsa de naylon con 2.190 gramos de cocaína en la localidad de Río Blanco, dichos recursos los planteo con el propósito deliberado de retardar el trámite de la causa, cuyas acciones dilatorias son atribuibles al procesado únicamente.
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