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TSJ

AS/0458/2015

Tribunal Supremo de Justicia
19 de junio de 2015CivilMag. Rita Susana Nava Duran
Proceso
Reconocimiento de Mejor Derecho Propietario y otros.
Sala
Civil
Año
2015

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 458/2015

Sucre: 19 de junio de 2015

Expediente: B-8-15-S

Partes: Alex Carmelo Zambrana Arza y Darwin Zambrana Arza. c/ Servicio

Nacional de Patrimonio del Estado (SENAPE).

Proceso: Reconocimiento de Mejor Derecho Propietario y otros.

Distrito: Beni.

VISTOS: El recurso de casación en el fondo cursante de fs. 193 a 195 de obrados, interpuesto Alex Carmelo Zambrana Arza contra el Auto de Vista Nº 09/2015 de 09 de enero de 2015, cursante de fs. 189 a 190, pronunciado por la Sala Civil Mixta de Familia Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Domestica Publica del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, dentro el proceso de Reconocimiento de Mejor Derecho Propietario y otros., seguido por Alex Carmelo Zambrana Arza y otro contra el Servicio Nacional de Patrimonio del Estado, la respuesta de fs. 199 y vta., la concesión de fs. 201, los antecedentes procesales, y;

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Que, El Juez de Partido Tercero en Civil y Comercial de la Capital del Distrito de Beni, mediante Sentencia Nº 032/2014 de 11 de agosto de 2014, declaró IMPROBADA la demanda de mejor derecho de propiedad, improbada la pretensión de anulabilidad, improbada la excepción de falta de acción y derecho y PROBADA la EXCEPCION de PRESCRIPCION.

Deducida la apelación por la parte demandante y remitida la misma ante la instancia competente, Sala Civil Mixta de Familia Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Domestica Publica del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, mediante Auto de Vista Nº 09/2015, confirmó la Sentencia apelada.

En conocimiento de la determinación de segunda instancia, la parte demandante interpuso recurso de casación en el fondo, mismo que se pasa a analizar.

CONSIDERANDO II:

DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:

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Criterio

Al hacer públicos los actos de los que se demandan la anulabilidad, esto en virtud de que el registro en Derechos Reales entre sus efectos otorga publicidad a la creación, modificación, constitución o extinción de derechos u obligaciones; por lo cual, el punto de arranque para computar la prescripción, es el dia a partir del cual los actos de los cuales se pretende la anulabilidad fueron inscritos en derechos reales a efectos de su publicidad.

Datos del proceso

Demandante
Alex Carmelo Zambrana Arza y Darwin Zambrana Arza.
Demandado
Servicio
Proceso
Reconocimiento de Mejor Derecho Propietario y otros.
Magistrado relator
Rita Susana Nava Duran

Descriptores

Derecho Civil / Derecho Civil Sustantivo / Prescripción / Cómputo
Tribunal Supremo de Justicia19 de junio de 2015AS/0458/2015Fuente oficial