Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 458/2021
Sucre, 09 de julio de 2021
Expediente: SC-CA.SAII-OR. 337/2021
Distrito: Oruro
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación de fs. 146 a 148, deducido por Rubén Gonzalo Aranibar Leaño, en representación legal de la Estación de Autobuses Oruro, impugnando el Auto de Vista N° 210/2021 de 15 de abril, pronunciado por la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro (fs. 134 a 137), dentro del proceso social por pago de beneficios sociales, seguido por Juan Jose Chacon Bozo contra la empresa recurrente, el Auto Nº 343/2021 de 28 de mayo (fs. 151), que concedió el recurso, el Auto N° 337/2021-A de 11 de junio, que admitió el recurso (fs. 158 y vta.), los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO I.
I.1.Antecedentes del proceso. Sentencia.
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Primero de Oruro, emitió la Sentencia N° 022/2021 de 11 de febrero (fs. 116 a 121 vta.), declarando:
1.- PROBADA EN PARTE la demanda de fs. 7-8 aclarada a fs. 10, respecto al pago de indemnización, desahucio, aguinaldo y su multa, vacaciones y multa por incumplimiento de pago de los beneficios sociales.
2.- IMPROBADA en cuanto se refiere a los montos solicitados, con costas y costos.
En consecuencia, dispuso que la Estación de Autobuses Oruro, a través de su representante legal, pague a favor de Juan José Chacon Bozo, por concepto de beneficios sociales y derechos laborales, incluyendo multa por incumplimiento de lo dispuesto por el artículo 9 del Decreto Supremo N° 28699, a tercero día de su legal notificación, el monto correspondiente de acuerdo a la liquidación siguiente:
Trabajador: Juan José Chacon Bozo
Periodo: del 1/4 hasta el 12/11/19
Tiempo de Servicios: 1 año, 7 meses y 11 días
Sueldo Promedio Indemnizable: Bs. 6.220
Indemnización 1 año, 7 meses y 11 días: Bs. 10.038.38
Desahucio: Bs. 18.660
Aguinaldo duodécimas 2019: Bs. 5.390.66
Aguinaldo Multa por Incumplimiento Bs. 5.390.38
Vacaciones 24 días: Bs. 4.976
TOTAL ADEUDADO Bs. 44.455.70
I.2. Auto de Vista.
En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 210/2021 de 15 de abril (fs. 134 a 137), la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, CONFIRMÓ la Sentencia N° 22/2021 de 11 de febrero (fs. 116 a 121 vta.).
I.3 Motivos del recurso de casación.
Que, contra el referido auto de vista, Rubén Gonzalo Aranibar Leaño, en representación legal de la Estación de Autobuses Oruro, interpuso el recurso de casación en el fondo de fs. 146 a 148, en el que expresó lo siguiente:
I.3.1. Expresó la violación del artículo 17 de la Ley 025 de 25 de junio de 2010 en relación a los artículos 56 y 157 del Código Procesal del Trabajo y articulo 145 del Código Procesal Civil, referente al derecho al defensa consagrado por el artículo 119 parágrafo II de la Constitución Política del Estado, refiriéndose que el Tribunal de Alzada no precisó correctamente el conjunto de actuaciones procesales y particularmente las declaraciones testificales, confirmando la Sentencia N° 022/2021 de fecha de 11 de febrero.
CONSIDERANDO II:
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