Texto del fallo
SALA CIVIL LIQUIDADORA
Auto Supremo: Nº 459
Sucre: 27 de septiembre de 2013
Expediente: SC – 105 – 08 – S
Proceso: Nulidad de documentos.
Partes: Germán Daza Andrade c/ Servicios de Impuestos Nacionales y otros.
Distrito: Santa Cruz
Magistrada Relatora: Dra. Ana Adela Quispe Cuba
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VISTOS: El Recurso de Casación de fojas 268 a 269, interpuesto por Julio Casto Arroyo Duran, Gerente Distrital interino del Servicio de Impuestos Nacionales Santa Cruz, contra el Auto de Vista de 9 de mayo de 2008, cursante a fojas 263 a 264 de la que fuera Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso ordinario de NULIDAD DE DOCUMENTOS, seguido por Germán Daza Andrade contra Servicios de Impuestos Nacionales y otros, los antecedentes del proceso, la contestación al recurso de fojas 271 y vuelta, y el auto de concesión de fojas 272; y,
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO.- Que durante la tramitación de la causa, el Juez de Partido 12º en lo Civil y Comercial de Santa Cruz, pronunció sentencia de fecha 22 de noviembre de 2007 cursante a fojas 245 a 247 de obrados, declarando PROBADA en parte la demanda saliente a fojas 49 a 51, en lo que corresponde a la nulidad del instrumento público Nº 547/00 a favor del Sr. Lázaro Alberto Claure Rua, la nulidad del documento privado de locación de fecha 27/01/00 y su reconocimiento de firmas por ante la Notaria de Fe Pública Nº 25, la nulidad del formulario Nº 4589 con Nº de Orden 7020009483 de fecha 21/02/00, e improbada en lo que corresponde a dejar sin efecto la Resolución Administrativa Nº 180/2005 de fecha 23/08/05, referente al proceso administrativo, debiendo el mismo acudir por cuerda separada. Así mismo se declara improbada la excepción de cosa juzgada planteada por el Servicio de Impuestos Nacionales. Sentencia que es complementada por auto de fecha 7 de enero de 2008, por el cual condena en costas a la entidad demandada y ordena a la misma, que una vez ejecutoriada la presente resolución, deberá levantar todas las medidas precautorias que se hubieran dispuesto en contra del demandante, bajo prevenciones de ley.
Que, en grado de apelación incoada por el Servicio de Impuestos Nacionales, la Sala Segunda Civil y Comercial de la Corte Superior de Distrito Judicial de Santa Cruz, confirma la sentencia apelada, con costas y revoca el auto de fecha 7 de enero de 2008 de fojas 249.
CONSIDERANDO II:
FUNDAMENTOS DE LA IMPUGNACIÓN.- Resolución de Vista que dio lugar a la interposición de recurso de casación en el fondo y la forma, por parte de la entidad demandada, resumidos en los siguientes términos:
Casación en el fondo.- Indica que no correspondía declarar la nulidad del formulario Nº 4589 con orden Nº 7020009498 de fecha 21/02/00, demostrándose una clara violación a los artículos 1 y 15 de la Ley Nº 2492 y su similar artículo 20 de la ley Nº 1340, acomodándose ese actuado al numeral 1) del artículo 253 del Código de Procedimiento Civil.
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