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TSJReiteradora

AS/0459/2020

Tribunal Supremo de Justicia
22 de julio de 2020Social 2daMag. Carlos Alberto Egüez Añez

Derecho de la Seguridad Social / Largo plazo / Renta de vejez / Pago / Descuentos retroactivo

La parte recurrente establece que, el 2 de septiembre de 2016 la señora Natividad Charca Copa interpone Recurso de Reclamación en contra de la Resolución N° 2497 de 21 de julio de 2016, la misma que fue emitida por el SENASIR, debido a que la mencionada resolución suspende definitivamente la renta d...

Proceso
Recurso de reclamación
Sala
Social 2da
Año
2020

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 459/2020

Sucre, 22 de julio de 2020

Expediente: SC-CA.SAII-PTS-71/2020

Distrito: Potosí.

Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez

VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 167 a 169, interpuesto por El Servicio Nacional del Sistema de Reparto – SENASIR, representado por Iver Rolando Miguel Gutiérrez, como representante legal, contra el Auto de Vista Nº 48/2019 de 18 de octubre, cursante de fs. 158 a 161, pronunciado por la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del recurso de reclamación seguido por Natividad Charca Copa, contra el SENASIR, el Auto de 17 de febrero de 2019 de fs. 179 que concedió el recurso, el Auto Nº 71/2020-A de 2 de marzo de fs. 180 y vta., que admitió la casación, los antecedentes del proceso, y

CONSIDERANDO I:

I. 1. Antecedentes del proceso

I.1.1. Resolución de la Comisión Nacional de Prestaciones del SENASIR.

Que, dentro del trámite de Compensación de Cotizaciones, la nombrada comisión, mediante Resolución Nº 2497 de 21 de julio del 2016, cursante a fs. 98 a 100, resolvió suspender definitivamente la Renta Única de Viudedad otorgada a favor de la Sra. Charca Copa Natividad.

Ante esta circunstancia, la reclamante, interpuso el recurso de reclamación adjunto a fs. 116 resuelto por la Comisión de Reclamación de Rentas del SENASIR, mediante Resolución Nº 472/16 de 21 de noviembre de fs. 125 a 130, confirma la Resolución Nº 2497 de 21 de julio del 2016, cursante a fs. 98 a 100 de obrados, suspendiendo definitivamente la Renta Única de Viudedad en favor de la Sra. Charca Copa Natividad.

I.1.3-. Auto de Vista.

En grado de apelación interpuesta por Natividad Charca Copa de fs. 132 a 133, por Auto de Vista Nº 48/2019 de 18 de octubre de fs. 158 a 161, la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, confirma de forma parcial la Resolución Nº 472/16 de 21 de noviembre del 2016 de fs. 125 a 131, emitido por la Comisión de Reclamación, referido al cese de la renta de viudedad, revocando parcialmente la misma en cuanto se refiere a los supuestos cobros indebidos, en consecuencia, se deja sin efecto el cobro indebido establecido en la Resolución N° 2497 de 21 de julio del 2016, emitida por la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto. Sin costas.

I.2. Motivos del recurso de casación.

Este fallo originó que Iver Rolando Miguel Gutiérrez, representante del SENASIR, formule recurso de casación en el fondo cursante de fs. 167 a 169, manifestando, en síntesis:

Recurso de Casación en el Fondo.

Como antecedentes establece que, el 2 de septiembre de 2016 la señora Natividad Charca Copa interpone Recurso de Reclamación en contra de la Resolución N° 2497 de 21 de julio de 2016, la misma que fue emitida por el SENASIR, debido a que la mencionada resolución suspende definitivamente la renta de viudedad por haber contraído nuevo matrimonio, además se estableció la devolución de lo indebidamente cobrado a partir de la fecha de la celebración del segundo matrimonio.

En su recurso de reclamación la señora reconoció haber contraído nuevo matrimonio, pero al mismo tiempo reclama sobre la devolución de lo indebidamente cobrado, alegando que se le debe hacer una nueva liquidación en razón a que no fueron cobrados algunos beneficios del causante.

El 21 de noviembre de 2016 la Comisión de Reclamación mediante Resolución N° 472/16 resolvió confirmar la Resolución N° 2497 emitida por la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto.

El 4 de septiembre de 2017 la señora Natividad Charca Copa hace uso del Recurso de Apelación, donde pidió verificar y disponer una nueva liquidación, teniendo en cuenta los gastos de sepelio, bonos de cesantía y otros, los cuales el causante tenía derecho y no fueron cobrados, los mismos que estaban incluidos en el monto a devolver. De lo que la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, por Auto de Vista N° 48/2019, fallan confirmando parcialmente la Resolución de la Comisión de Reclamación N° 472/16 en cuanto al cese de la renta de viudedad y revocando parcialmente en cuanto se refiere a los cobros indebidos, en consecuencia, dejando sin efecto el cobro indebido. Sin costas.

Normas Legales transgredidas e indebidamente aplicadas. -

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Máxima

DEVOLUCIÓN DE MONTOS POR COBROS INDEBIDOS/ Previo a disponer la devolución de lo indebidamente otorgado al asegurado, deberá identificar con claridad en su resolución el o los documentos, datos o declaraciones fraudulentas que hubiesen sido proporcionadas por el asegurado y su incidencia en el monto de la renta otorgada; Si mas bien dicho cobro obedece a la negligencia, impericia, descuido o mala fe del funcionario a cargo, no corresponde procurar la recuperación de manos del asegurado, sino de aquel quien hubiese sido responsable de tal efecto.

Datos del proceso

Proceso
Recurso de reclamación
Magistrado relator
Carlos Alberto Egüez Añez

Precedente

Artículo 477 del Reglamento del Código de Seguridad Social.

Tribunal Supremo de Justicia22 de julio de 2020AS/0459/2020Fuente oficial