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TSJ

AS/0460/2024-RA

Tribunal Supremo de Justicia
16 de mayo de 2024Civil
Proceso
Resolución de contrato por incumplimiento más pago de daños y perjuicios
Sala
Civil
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 460/2024-RA

Fecha: 16 de mayo de 2024

Expediente: CH-45-24-A

Partes: Rosario Fátima Quiroga Soto de Cuellar y Juan Grobert Cuellar León c/ Ruth Silvia Campos Matienzo.

Proceso: Resolución de contrato por incumplimiento más pago de daños y perjuicios.

Distrito: Chuquisaca.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 204 a 208 vta., interpuesto por Rosario Fátima Quiroga Soto de Cuellar contra el Auto de Vista N° 110/2024, de 01 de abril, visible de fs. 166 a 170, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso ordinario de resolución de contrato por incumplimiento más pago de daños y perjuicios seguido por la recurrente y Juan Grobert Cuellar León contra Ruth Silvia Campos Matienzo; el Auto de concesión de 02 de mayo de 2024, obrante a fs. 212, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

Rosario Fátima Quiroga Soto, por sí y en representación legal de Juan Grobert Cuellar León, por memorial cursante de fs. 6 a 9 vta., promovieron demanda de resolución de contrato por incumplimiento más pago de daños y perjuicios contra Ruth Silvia Campos Matienzo, quien una vez citada, mediante escrito visible de fs. 16 a 18 vta., contestó de forma negativa, opuso excepciones de prescripción y de cosa juzgada, sustanciándose la causa hasta la audiencia preliminar de 24 de julio del 2023, en la que se emitió el Auto definitivo Nº 165/2023, de 24 de julio, obrante de fs. 39 a 40, que determinó el desistimiento del proceso, resolución que dio lugar a la apelación planteada y consecuentemente el Auto de Vista N° 291/2023, de 12 de septiembre, cursante de fs. 58 a 60, resolución de alzada que confirmó en todas sus partes el Auto apelado, con la imposición de costas y costos a la parte apelante, mismo que dio origen al Auto Supremo N° 1094/2023, de 09 de noviembre, saliente a fs. 96 a 101, que casó el Auto de Vista disponiendo dejar sin efecto el desistimiento del proceso, ordenando a la autoridad de primera instancia continuar la sustanciación de la causa; en consecuencia el Juez Público Civil y Comercial 3° de la ciudad de Sucre, en la audiencia preliminar de 06 de febrero de 2024 dictó el Auto definitivo N° 32/2024, de fs. 113 a 117, de la misma fecha en la que declaró Improbada la excepción de cosa juzgada y PROBADA la de prescripción de la de la acción respecto de la pretensión de resolución de contrato, consecuentemente no haber lugar a la pretensión accesoria de daños y perjuicios.

Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Rosario Fátima Quiroga Soto, por sí y en representación legal de Juan Grobert Cuellar León, según el escrito saliente de fs. 140 a 149, dio lugar a que la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emita el Auto de Vista N° 110/2024, de 01 de abril, que discurre de fs. 166 a 170, que CONFIRMÓ el Auto apelado.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Rosario Fátima Quiroga Soto, por memorial de fs. 204 a 208 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

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Datos del proceso

Demandante
Rosario Fátima Quiroga Soto de Cuellar y Juan Grobert Cuellar León
Demandado
Ruth Silvia Campos Matienzo
Proceso
Resolución de contrato por incumplimiento más pago de daños y perjuicios
Tribunal Supremo de Justicia16 de mayo de 2024AS/0460/2024-RAFuente oficial