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TSJReiteradora

AS/0461/2019

Tribunal Supremo de Justicia
21 de agosto de 2019Social 2daMag. Carlos Alberto Egüez Añez

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Elementos comunes de procedimiento / Prueba / Inversión de la prueba en el empleador

El recurrente denunció la vulneración de sus garantías constitucionales establecidas en los arts. 115.II, 117.I y 119.II de la Constitución Política del Estado, las que refieren al debido proceso, a la defensa, toda vez que el proceso se ha llevado a cabo sin permitir la defensa del demandado, manif...

Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/ BENEFICIOS SOCIALES
Sala
Social 2da
Año
2019

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Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 461/2019

Sucre, 21 de agosto de 2019

Expediente: SC-CA.SAII-SCZ. 307/2018

Distrito: Santa Cruz

Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez

VISTOS: El recurso de nulidad en la forma de fs. 136 a 137 vta., interpuesto por Elmer Trujillo Castedo representante legal de la parte demandada, en contra del Auto de Vista Nº 63/2018 de 2 de mayo de 2018 de fs. 134 de obrados, correspondiente a la Sala Primera en Materia de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso de beneficios sociales que sigue José Luís Rodríguez Flores en contra de la empresa de seguridad Fortaleza, representada por Elmer Trujillo Castedo, el Auto de 2 de julio de 2018 de fs. 143 que concedió el recurso, el Auto Nº 328/2018-A de 24 de julio de fs. 152 y vta., que admitió el recurso, los antecedentes del proceso, y

I. CONSIDERANDO:

I. 1. Antecedentes del proceso.

I.1.1. Sentencia. –

Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Séptimo de Santa Cruz, emitió la Sentencia de 29 de septiembre de 2017, cursante de fs. 111 a 114, declarando probada en parte la demanda de fs. 14 a 16 de obrados, ordenando que la Empresa de Seguridad Fortaleza representada por Elmer Trujillo Castedo, proceda al pago de Bs. 8.292,00 por concepto de indemnización, duodécimas de aguinaldo, vacaciones, sueldos devengados, más multa del 30% de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006.

I.1.2 Auto de Vista

En grado de apelación deducida por Elmer Trujillo Castedo en representación de la parte demandada, de fs. 136 a 137 vta., la Sala Primera en Materia de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista N° 63/2018 de 2 de mayo de 2018, cursante de fs. 135, confirma la sentencia apelada con costas.

II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN.

El mencionado auto de vista, motivó al demandado a interponer el recurso de nulidad en la forma de fs. 136 a 137 vta., manifestando en síntesis:

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Máxima

INVERSIÓN DE LA PRUEBA/La inversión de la prueba en materia laboral corresponde al empleador, puesto que las pruebas aportadas por la parte recurrente son insuficientes para desvirtuar lo alegado por la otra parte y para privar a los trabajadores de sus beneficios sociales debe existir prueba suficiente para reconocer o no los conceptos reclamados.

Datos del proceso

Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/ BENEFICIOS SOCIALES
Magistrado relator
Carlos Alberto Egüez Añez

Precedente

Artículos 3 inciso h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo

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