Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 463 Sucre 08 de noviembre de 2005
DISTRITO: Chuquisaca
PARTES : Ministerio Público c/ Leónidas Mendoza Guzmán y otra.
Tráfico de sustancias controladas.
VISTOS: el recurso de casación de fojas 131 a 135 interpuesto por Moisés Palma Salazar Fiscal de Sustancias Controladas impugnando el Auto de Vista Nº 18 de 12 de septiembre de 2005 de fojas 125 a 126, pronunciado por la Sala Penal de la R. Corte Superior de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el representante del Ministerio Público contra Leónidas Mendoza Guzmán y María Luisa Ortega Quispe, por el delito de tráfico de sustancias controladas, previsto y sancionado por el artículo 48 con relación al 33 inciso m) de la Ley Nº 1008.
CONSIDERANDO: que el Tribunal de Casación admite el recurso de casación, cuando éste ha cumplido con los requisitos formales exigidos por los artículos 416 y 417 del la ley Nº 1970; vale decir, que el recurrente debe interponer el recurso de casación dentro de los 5 días computables a partir de la notificación con el Auto de Vista objeto de la impugnación, precisando hechos similares y estableciendo contradicciones de uno o más normas adjetivas o sustantivas aplicadas en el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado.
Mostrando 7 de 14 parrafos.